II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2022-22759)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso-oposición, para acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría Telefonista.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 187058
10.5 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único para el
ejercicio de la fase de oposición, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a
causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados por el especialista que
realiza el seguimiento de su embarazo, su situación quedará condicionada a la
finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas,
no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las
personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que
deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá
lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso
selectivo.
10.6 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de las personas aspirantes, quienes deberán concurrir a la
celebración del ejercicio con DNI, NIE, pasaporte o permiso de conducir. Asimismo, si
tuviera conocimiento de que alguno de las personas aspirantes no cumple cualquiera de
los requisitos exigidos en la convocatoria, deberá proponer su exclusión a la autoridad
convocante, previa audiencia de la persona interesada.
10.7 Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con
indicación de la puntuación obtenida.
10.8 Las personas aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un
plazo de siete días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
relación de personas aprobadas, para aportar a través de los registros a que se refiere el
artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, la documentación acreditativa de los méritos
alegados en la fase de concurso, cuya no presentación supondrá la no valoración de la
persona aspirante en fase de concurso.
10.9 El Tribunal publicará las calificaciones provisionales obtenidas en la fase de
concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados del
baremo y la puntuación total. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco
días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para
efectuar a través de los registros a que se refiere el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, las alegaciones pertinentes en base a la documentación presentada, sin que
pueda admitirse la presentación de nueva documentación. Finalizado dicho plazo, el
Tribunal publicará relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
10.10 La Dirección del INGESA resolverá cuantas incidencias se susciten en el
desarrollo de esta convocatoria, sin perjuicio de las que corresponden al Tribunal de
Selección según lo dispuesto en la base 9.10 de esta convocatoria.
No obstante, una descripción más exhaustiva del proceso selectivo se indica en el
anexo II.
11. Superación del proceso selectivo
11.1 Finalizado el concurso-oposición, el Tribunal hará pública la relación de
personas aprobadas por orden de puntuación total, en los medios de publicación
señalados en la presente convocatoria.
11.2 Dicha relación se elevará a la autoridad convocante para su publicación en los
medios previstos en esta convocatoria, disponiendo las personas aspirantes propuestas
de un plazo de diez días hábiles, desde la publicación oficial, para la presentación de la
documentación que figura en el anexo VI. La documentación se presentará a través de
los registros a que se refiere el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2022-22759
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 311
Miércoles 28 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 187058
10.5 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único para el
ejercicio de la fase de oposición, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a
causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados por el especialista que
realiza el seguimiento de su embarazo, su situación quedará condicionada a la
finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas,
no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las
personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que
deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá
lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso
selectivo.
10.6 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de las personas aspirantes, quienes deberán concurrir a la
celebración del ejercicio con DNI, NIE, pasaporte o permiso de conducir. Asimismo, si
tuviera conocimiento de que alguno de las personas aspirantes no cumple cualquiera de
los requisitos exigidos en la convocatoria, deberá proponer su exclusión a la autoridad
convocante, previa audiencia de la persona interesada.
10.7 Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con
indicación de la puntuación obtenida.
10.8 Las personas aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un
plazo de siete días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
relación de personas aprobadas, para aportar a través de los registros a que se refiere el
artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, la documentación acreditativa de los méritos
alegados en la fase de concurso, cuya no presentación supondrá la no valoración de la
persona aspirante en fase de concurso.
10.9 El Tribunal publicará las calificaciones provisionales obtenidas en la fase de
concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados del
baremo y la puntuación total. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco
días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para
efectuar a través de los registros a que se refiere el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, las alegaciones pertinentes en base a la documentación presentada, sin que
pueda admitirse la presentación de nueva documentación. Finalizado dicho plazo, el
Tribunal publicará relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
10.10 La Dirección del INGESA resolverá cuantas incidencias se susciten en el
desarrollo de esta convocatoria, sin perjuicio de las que corresponden al Tribunal de
Selección según lo dispuesto en la base 9.10 de esta convocatoria.
No obstante, una descripción más exhaustiva del proceso selectivo se indica en el
anexo II.
11. Superación del proceso selectivo
11.1 Finalizado el concurso-oposición, el Tribunal hará pública la relación de
personas aprobadas por orden de puntuación total, en los medios de publicación
señalados en la presente convocatoria.
11.2 Dicha relación se elevará a la autoridad convocante para su publicación en los
medios previstos en esta convocatoria, disponiendo las personas aspirantes propuestas
de un plazo de diez días hábiles, desde la publicación oficial, para la presentación de la
documentación que figura en el anexo VI. La documentación se presentará a través de
los registros a que se refiere el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Núm. 311