II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-22999)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el marco de estabilización de empleo temporal, en la Escala Auxiliar Administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 187639

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria,
Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente. En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que
acredite su homologación o reconocimiento.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de
la toma de posesión como funcionario de carrera en la Escala Auxiliar Administrativa de
la Universidad de Córdoba.
3.

Solicitudes

3.1 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a
partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado» o en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», si la publicación en este
boletín fuera posterior a la primera, y se dirigirán al Rector de la Universidad de Córdoba.
3.2 Las solicitudes se presentarán por vía electrónica, accediendo al procedimiento
«Solicitud de participación procesos selectivos PAS», disponible en la Sede Electrónica
de la Universidad de Córdoba en la siguiente dirección web https://sede.uco.es/
GOnceOV/tramites/acceso.do?id=66. Para el acceso a dicho trámite se requiere la
identificación electrónica de la persona interesada, para lo cual será necesario disponer
de certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) o de alguno de
los sistemas de identificación electrónica descritos en la sección Sistemas de firma de la
Sede Electrónica de la Universidad de Córdoba.
En la Sección Ayuda de la Sede Electrónica se puede consultar la Guía básica de
acceso a los trámites de la Sede Electrónica, que incluye recomendaciones de
configuración del ordenador para realizar los procesos de autenticación y firma.
Para completar con éxito el proceso de solicitud, deberá realizar los siguientes pasos
dentro del plazo estipulado:
a) Pagar los derechos de examen correspondientes (si procede, de acuerdo con la
base 3.3 de la convocatoria), por cualquier medio y en cualquier entidad bancaria, con
anterioridad a acceder al procedimiento habilitado en Sede Electrónica.
b) Acceder al procedimiento habilitado en Sede Electrónica, cumplimentar el
formulario electrónico, subir la documentación requerida y firmar la solicitud.
No serán admitidas y, consecuentemente, quedarán excluidas del proceso selectivo,
aquellas personas que, habiendo abonado los derechos de examen, no hayan firmado y
presentado su solicitud a través del procedimiento habilitado al efecto y dentro del plazo
de presentación establecido.
Solo se podrá presentar una solicitud por persona aspirante, por lo que, antes de firmar la
solicitud, se deberá comprobar que todos los datos y documentos aportados son correctos.
Como señala el apartado 4 del artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando una
incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o
aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración
podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la

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Núm. 311