II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-23000)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el marco de estabilización de empleo temporal, en la Escala de Operadores de Informática.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 187654

Decreto 280/2003, de 7 de octubre; el Reglamento 25/2022 de ingreso, provisión de
puestos de trabajo y promoción profesional del personal de administración y servicios de
la Universidad de Córdoba, aprobado por Consejo de Gobierno de fecha 28 de octubre
de 2022 (BOUCO núm. 1033, de 31/10/2022); el Reglamento 10/2022, de 3 de mayo
de 2022, sobre la regulación de los procedimientos para el acceso a las Escalas de
funcionarios de carrera de la Universidad de Córdoba por aplicación de la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre; y demás normativa de pertinente aplicación.
1.3 El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, que constará de
las siguientes fases: fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio y fase de
concurso, que se aplicará exclusivamente a las personas aspirantes que hayan superado
la fase de oposición, con las pruebas, puntuaciones y méritos que se especifican en el
anexo I de esta resolución.
1.4 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en el anexo II
de esta convocatoria.
1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán garantizándose, en todo caso, los
principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
1.6 De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, toda la
información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas participantes e
interesadas se publicará en el Portal del Personal, apartado «Convocatorias de empleo
PAS», de la página web de la Universidad de Córdoba.
1.7 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
(BOE núm. 4, de 4 de enero de 1985).
2.

Requisitos de las personas aspirantes

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de los trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre
que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad
dependientes.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la
Escala.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos, el acceso al empleo público.

cve: BOE-A-2022-23000
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2.1 Las personas aspirantes, para ser admitidas en el proceso selectivo, deberán reunir
los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular, los siguientes
requisitos, conforme a los artículos 56 y 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
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