II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2022-22749)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso, para acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Titulado especialista en Ciencias de la Salud: Alergología, Anestesia y Reanimación, Anatomía Patológica, Cardiología, Cirugía General y del Aparato Digestivo, Dermatología Médico-Quirúrgica y Venereología, Endocrinología y Nutrición, Hematología y Hemoterapia, Medicina Familiar y Comunitaria (Médico/a de Equipo de Soporte de Asistencia Domiciliaria), Medicina Física y Rehabilitación, Medicina Interna, Microbiología y Parasitología, Nefrología, Neumología, Neurología, Obstetricia y Ginecología, Otorrinolaringología, Oncología Médica, Pediatría y sus Áreas Específicas, Psicología Clínica, Radiodiagnóstico, Urología, Farmacéutico/a de Atención Primaria y Pediatra de Atención Primaria; así como de Titulado Sanitario: Odontólogo/a, Médico/a de Urgencia Hospitalaria, Médico/a de Emergencias y Médico/a de Urgencias (Atención Primaria).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

Denominación de la categoría/especialidad

Sec. II.B. Pág. 186843

Titulación/especialidad

Titulado especialista en Ciencias de la Salud: Pediatría y sus Áreas
Específicas.

Especialista en Pediatría y sus Áreas Específicas

Titulado especialista en Ciencias de la Salud: Pediatría de Atención Primaria.

Especialista en Pediatría y sus Áreas Específicas

Titulado especialista en Ciencias de la Salud: Psicología Clínica.

Especialista en Psicología Clínica

Titulado especialista en Ciencias de la Salud: Radiodiagnóstico.

Especialista en Radiodiagnóstico

Titulado especialista en Ciencias de la Salud: Urología.

Especialista en Urología

Titulado especialista en Ciencias de la Salud: Farmacéutico/a de Atención
Primaria.

Título de Grado en Farmacia o Licenciado/a en Farmacia o
equivalente.

Titulado Sanitario: Odontólogo/a.

Título de Grado en Odontología o Licenciado/a en Odontología o
Médico/a Especialista en Estomatología o equivalente.

Titulado Sanitario: Médico de Urgencia Hospitalaria.

Título de Médico/a Especialista o poseer la certificación habilitadora
prevista en el artículo 3 del Real Decreto 853/1993, de 4 de junio.

Titulado Sanitario: Médico de Emergencias.

Título de Médico/a Especialista o poseer la certificación habilitadora
prevista en el artículo 3 del Real Decreto 853/1993, de 4 de junio.

Titulado Sanitario: Médico/a de Urgencias (Médico/a de Urgencias de Atención Título de Médico/a Especialista o poseer la certificación habilitadora
Primaria).
prevista en el artículo 3 del Real Decreto 853/1993, de 4 de junio.

ANEXO II
Descripción del proceso selectivo
Concurso de méritos

1.3.1 Relación numerada de los documentos aportados
1.3.2 Autovaloración de los méritos que la persona aspirante considera valorables
de conformidad con el baremo de méritos. En ningún caso esta autoevaluación vinculará
al tribunal, teniendo un carácter meramente orientativo.
1.3.3 Documentación acreditativa de los méritos alegados. En el supuesto de que
los documentos presentados no sean originales, será de aplicación lo establecido en el
artículo 28.5 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, responsabilizándose las personas interesadas de la
veracidad de los mismos.
1.4 El tribunal podrá requerir a las personas interesadas cualquier tipo de
aclaración sobre la documentación presentada. Si no fuera atendido el requerimiento, no
se valorará el mérito correspondiente.
1.5 El tribunal solo podrá valorar o solicitar aclaración sobre los méritos
presentados dentro del plazo establecido para ello, por lo que no será objeto de
valoración, cualquier otro mérito, presentado fuera de dicho plazo. Asimismo, podrá

cve: BOE-A-2022-22749
Verificable en https://www.boe.es

1.1 El concurso va dirigido a evaluar las competencias profesionales de las
personas aspirantes, y consistirá en la valoración por el tribunal, con arreglo al baremo
que se publica como anexo III y anexo III bis, de los méritos que acrediten las personas
aspirantes, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes del proceso
selectivo.
1.2 La puntuación máxima posible que se puede obtener en el concurso será
de 100 puntos.
1.3 Los documentos que deberán remitirse a través de los registros a que se refiere
el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas al tribunal son los siguientes: