II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2022-22743)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso, para acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de las categorías de Titulado/a Superior Función Administrativa Administración Sanitaria y Técnico/a Titulado Superior Rama Sanitaria/Investigación/Otros (Psicólogo/a).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 186731

temporal en la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el
empleo público.
3.

Tipo de proceso selectivo

3.1 Este proceso selectivo consta de una única fase de concurso de méritos con las
valoraciones y baremos que se especifican en el anexo III.
4.
4.1
4.1.1

Requisitos de los candidatos

Nacionalidad.
Tener la nacionalidad española.

4.1.2 También podrán participar, como personal estatutario, en igualdad de
condiciones que los españoles a los empleos públicos:
a) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.

4.2 Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones
que deriven de su nombramiento.
4.3 Edad. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
4.4 Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso
de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en
los mismos términos el acceso al empleo público.
4.5 Titulación. Será la requerida según la categoría a la que se concursa conforme
al anexo I.A, teniendo en cuenta que se deberá poseer el título correspondiente,
expedido por el Ministerio competente, o estar en condiciones de obtener dicho título,
habiendo finalizado la formación exigida para su obtención, dentro del plazo de
presentación de solicitudes. Las personas aspirantes con titulación obtenida en el
extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de
homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este
requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas
al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario (Orden HFP/688/2017, de 20 de
julio, BOE del 22).
4.6 No ser titular de una plaza en la misma categoría profesional u homóloga, o en
su caso, especialidad en el Sistema Nacional de Salud.

cve: BOE-A-2022-22743
Verificable en https://www.boe.es

Las personas aspirantes incluidas en cualquiera de los apartados anteriores, deberán
acompañar a su solicitud la documentación que acredite las condiciones que se alegan.