III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-23017)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el X Convenio colectivo de Iberia LAE, SA, Operadora y sus tripulantes pilotos.
132 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311
Miércoles 28 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 187967
Niveles
De 1 de enero a 31 de diciembre
de 2022
–
Euros
De 1 de enero a 31 de diciembre
de 2023
–
Euros
11.2 (2.º año)
40,25
41,06
11.1 (1er año)
23,88
24,36
Se procederá a la revisión de las cantidades anteriores cuando la masa salarial de
cada año sea definitiva.
A partir del año 2024 las cantidades que se vinieran abonando por este concepto se
revalorizarán, en su caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 132, b).
Finalizada la vigencia pactada para el presente convenio, resultará de aplicación lo
dispuesto a estos efectos en el citado artículo 132.
Esta gratificación complementaria se abonará en 15 pagas, a todos los pilotos, como
consecuencia de la ejecución de las horas de vuelo (trabajo) realizadas sobre territorio
extranjero.
ANEXO 1-F
Base de cálculo fondos social y mutual
1D
6.324,19
6.450,67
1C
6.011,73
6.131,96
1B
5.718,79
5.833,17
1A
5.388,82
5.496,60
1
5.055,22
5.156,32
2
4.703,76
4.797,84
3
4.347,91
4.434,87
4
3.987,60
4.067,35
5
3.369,29
3.436,68
6
3.124,94
3.187,44
7
2.864,92
2.922,22
8
2.508,77
2.558,95
9
1.386,09
1.413,81
10
594,58
606,47
11.2 (2.º año)
No aplica
No aplica
11.1 (1er año)
No aplica
No aplica
Esta base se verá incrementada con las primas consolidadas que procedan en cada
caso, incrementadas si es prima de comandante en un 16,03% y si es de copiloto en
un 17,71%.
cve: BOE-A-2022-23017
Verificable en https://www.boe.es
Niveles
De 1 de enero al 31 de diciembre De 1 de enero al 31 de diciembre
de 2022
de 2023
–
–
Euros
Euros
Núm. 311
Miércoles 28 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 187967
Niveles
De 1 de enero a 31 de diciembre
de 2022
–
Euros
De 1 de enero a 31 de diciembre
de 2023
–
Euros
11.2 (2.º año)
40,25
41,06
11.1 (1er año)
23,88
24,36
Se procederá a la revisión de las cantidades anteriores cuando la masa salarial de
cada año sea definitiva.
A partir del año 2024 las cantidades que se vinieran abonando por este concepto se
revalorizarán, en su caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 132, b).
Finalizada la vigencia pactada para el presente convenio, resultará de aplicación lo
dispuesto a estos efectos en el citado artículo 132.
Esta gratificación complementaria se abonará en 15 pagas, a todos los pilotos, como
consecuencia de la ejecución de las horas de vuelo (trabajo) realizadas sobre territorio
extranjero.
ANEXO 1-F
Base de cálculo fondos social y mutual
1D
6.324,19
6.450,67
1C
6.011,73
6.131,96
1B
5.718,79
5.833,17
1A
5.388,82
5.496,60
1
5.055,22
5.156,32
2
4.703,76
4.797,84
3
4.347,91
4.434,87
4
3.987,60
4.067,35
5
3.369,29
3.436,68
6
3.124,94
3.187,44
7
2.864,92
2.922,22
8
2.508,77
2.558,95
9
1.386,09
1.413,81
10
594,58
606,47
11.2 (2.º año)
No aplica
No aplica
11.1 (1er año)
No aplica
No aplica
Esta base se verá incrementada con las primas consolidadas que procedan en cada
caso, incrementadas si es prima de comandante en un 16,03% y si es de copiloto en
un 17,71%.
cve: BOE-A-2022-23017
Verificable en https://www.boe.es
Niveles
De 1 de enero al 31 de diciembre De 1 de enero al 31 de diciembre
de 2022
de 2023
–
–
Euros
Euros