III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-23017)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el X Convenio colectivo de Iberia LAE, SA, Operadora y sus tripulantes pilotos.
132 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 187977

A partir del año 2024 las cantidades que se vinieran abonando por este concepto se
revalorizarán, en su caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 132, b)
Finalizada la vigencia pactada para el presente convenio, resultará de aplicación lo
dispuesto a estos efectos en el citado artículo.
ANEXO 4-II
Indemnización por destinos inferiores a dos años tripulantes pilotos
a)

Efectos 1 de enero de 2022:
NACIONALES
Euros

32,08

EXTRANJERAS
USD

A. Básico.

84,63

B. 125 por 100.

105,79

Las cuantías citadas serán de aplicación a los siguientes países: Estados Unidos, Puerto Rico,
Países de Africa Ecuatorial, Arabia Saudí, Kuwait, Emiratos Arabes Unidos y Egipto.
C. 112 por 100.

94,79

Se aplicarán a los países siguientes: Austria, Filipinas, Francia, Perú, Italia, Alemania, Holanda,
Canadá, Cuba, República Dominicana, Suecia, Venezuela, Finlandia, Costa Rica, Brasil y
Dinamarca.
D. 95 por 100.

80,40

Se aplicarán a: Argentina, Bélgica, Luxemburgo, México, Suiza, Grecia y Paraguay.
E. 80 por 100.

67,70

Siendo de aplicación a los países que siguen: Irlanda, Uruguay, Portugal y Colombia.
Nota.

b)

Los países que no tengan un índice establecido, se les aplicará la básica.

Efectos 1 de enero de 2023:
NACIONALES
Euros

EXTRANJERAS
USD

A. Básico.

86,32

B. 125 por 100.
Nota.

Los países que no tengan un índice establecido, se les aplicará la básica.

107,90

cve: BOE-A-2022-23017
Verificable en https://www.boe.es

32,72