II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado. (BOE-A-2022-22742)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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cuerpo o escala del subgrupo A2; grado personal consolidado y formalizado en la
Administración General del Estado y cursos de formación.
La certificación de los dos primeros méritos deberá realizarse según el modelo
incluido como anexo V a esta resolución. Los cursos de formación se acreditarán
documentalmente mediante la presentación de copia auténtica de los correspondientes
títulos o diplomas.
Los opositores que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de
veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las listas de
aprobados de la fase de oposición, para la presentación de la certificación de méritos,
debiendo ser expedida por los servicios de personal de los ministerios u organismos
donde presten, o en su caso hayan prestado, sus servicios y en la que consten los
méritos a valorar en la fase de concurso.
La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración
del aspirante en la fase de concurso.
En los tablones de anuncios de la sede del tribunal, en la página web del Instituto
Nacional de Estadística www.ine.es en la página web www.mineco.gob.es, así como en
la página www.administracion.gob.es, el tribunal publicará la relación que contenga la
valoración provisional de méritos de la fase de concurso, disponiendo los aspirantes de
un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de
dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado el referido plazo, el
tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar la fase de oposición.
Finalizada la fase de oposición y de concurso, el tribunal hará pública la relación de
aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios de la sede del tribunal, en
la página web www.mineco.gob.es, en la del Instituto Nacional de Estadística www.ine.es
y en la página www.administracion.gob.es. Dicha relación se publicará en el «Boletín
Oficial del Estado», mediante Resolución de la Subsecretaría de este Ministerio,
disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días hábiles, desde la
publicación oficial, para presentar la documentación acreditativa de los requisitos
exigidos en la convocatoria.
I.C)

Curso selectivo

Todos los aspirantes que hayan superado las fases de oposición y concurso
realizarán un curso selectivo, que será organizado por la Escuela de Estadística de
las Administraciones Públicas, que deberán superar con aprovechamiento. Tendrá como
finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica
de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo Superior
de Estadísticos del Estado.
En el curso selectivo deberá incluirse un módulo en materia de igualdad entre
mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género.
El curso selectivo tendrá una duración de un mes.
Su calendario y programa, así como las normas internas que hayan de regularlo
serán establecidos oportunamente por la Presidencia del Instituto Nacional de
Estadística.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo
será obligatoria. El incumplimiento de este requisito podrá dar lugar a la imposibilidad de
concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el
derecho a ser nombrado funcionario de carrera. La valoración de esta circunstancia
corresponderá a la Escuela de Estadística de las Administraciones Públicas.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de
calificación previsto en esta convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real

cve: BOE-A-2022-22742
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Núm. 311