I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-22687)
Real Decreto 1042/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1112/2021, de 17 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a la Comunidad Autónoma de Canarias de una subvención para la financiación de actuaciones en materia de promoción del turismo y de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en la isla de La Palma (Santa Cruz de Tenerife).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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podrán concederse de forma directa y «con carácter excepcional, aquellas otras
subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitaria, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública».
En este caso la concesión directa de la subvención responde al interés económico de
reactivar la competitividad de la isla de La Palma como destino turístico, así como al
apoyo que siguen necesitando las pequeñas y medianas empresas radicadas en esa
isla, dado que aún persisten las consecuencias negativas de la erupción volcánica que
aconteció en la zona de Montaña Rajada el pasado 19 de septiembre de 2021.
Este real decreto se ha elaborado conforme a los principios de buena regulación que
establece el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cumple con los principios de
necesidad y eficacia en tanto es el instrumento más adecuado para garantizar la
consecución de estos objetivos.
Es conforme con el principio de proporcionalidad, dado que no contiene restricciones de
derechos ni impone obligaciones a sus destinatarios y contiene la regulación imprescindible
para atender la necesidad a cubrir y se adecúa, igualmente, al principio de seguridad jurídica en
la medida en que la norma contribuye a reforzar dicho principio, pues es coherente con los
planes y normativa vigente en materia de turismo, así como con la normativa nacional en
materia de subvenciones, esto es, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y conteniendo la regulación imprescindible para garantizar que se alcance con
el objetivo de realizar actuaciones. La norma cumple asimismo con el principio de transparencia
pues se han definido claramente el alcance y objetivo; y de acuerdo con el principio de
eficiencia, se contribuye a la gestión racional de estos recursos públicos existentes.
Por otro lado, en este real decreto no procede realizar la consulta pública previa ni el
trámite de información pública y audiencia a los ciudadanos, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 26, apartados 2 y 6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Industria, Comercio y Turismo, previo
informe del Ministerio de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 27 de diciembre de 2022,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 1112/2021, de 17 de diciembre, por el
que se aprueba la concesión directa a la Comunidad Autónoma de Canarias de una
subvención para la financiación de actuaciones en materia de promoción del turismo
y de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en la isla de La Palma (Santa Cruz
de Tenerife).
Real Decreto 1112/2021, de 17 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa
a la Comunidad Autónoma de Canarias de una subvención para la financiación de
actuaciones en materia de promoción del turismo y de apoyo a las pequeñas y medianas
empresas en la isla de La Palma (Santa Cruz de Tenerife), queda modificado como sigue:
Uno. La letra b) del artículo 4 quedará redactada en los siguientes términos:
«b) En materia de compensación de la pérdida de ingresos por las
erupciones volcánicas y dinamización de las pequeñas y medianas empresas:
13.000.000 de euros.»
Dos. El primer párrafo del apartado 1 del artículo 9 quedará redactado en los
siguientes términos:
«1. La justificación de la subvención se realizará, según lo dispuesto en el
artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el título II, capítulo II, sección
segunda de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
mediante la presentación de una cuenta justificativa, firmada por los titulares de los
órganos competentes en materia de turismo de la comunidad autónoma, con respecto

cve: BOE-A-2022-22687
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Núm. 311