III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-23031)
Orden SND/1298/2022, de 22 de diciembre, sobre fijación de límites para administrar determinados créditos para gastos, para conceder subvenciones y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

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Se exceptúan de lo establecido anteriormente los créditos para gastos del ámbito de
la Secretaría de Estado correspondientes a las retribuciones de personal, incluidos los
gastos que deriven de la gestión de la nómina, los anticipos reintegrables y, en su caso,
las aportaciones que se realicen como entidad promotora al plan de pensiones.
b) La persona titular de la Secretaría de Estado de Sanidad ejercerá la competencia
para aprobar y comprometer los gastos y reconocer las obligaciones económicas y
proponer su pago hasta la cuantía del importe del crédito que tengan consignado en su
servicio presupuestario referido al programa 000X «Transferencias Internas».
c) La persona titular de la Secretaría de Estado de Sanidad ejercerá la competencia
para conceder subvenciones y ayudas hasta el límite de los créditos consignados en su
servicio presupuestario y en los de las direcciones generales dependientes, incluida la
aprobación y el compromiso de los gastos, el reconocimiento de las obligaciones y la
propuesta de su pago.
Segundo.

Aplicación de los límites de gasto.

Dichos límites de gasto se entienden sin perjuicio de las delegaciones que se
efectúen en la presente orden.
Tercero. Excepciones.
Quedan exceptuadas de lo dispuesto en el apartado primero, las modificaciones
presupuestarias en el ámbito de la Secretaría de Estado que, de conformidad con la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, sean competencia de la
persona titular del Ministerio, sin perjuicio de las delegaciones que puedan existir en
favor de otros órganos del Departamento.
CAPÍTULO II
Competencias delegadas por la persona titular del Ministerio de Sanidad
Cuarto. Delegación de competencias en materia de representación en órganos
colegiados.
Se delega en la persona titular de la Subsecretaría de Sanidad el ejercicio de la
competencia de designación de los/as representantes del Ministerio de Sanidad en los
órganos colegiados o grupos de trabajo en los que no esté previamente determinada la
persona titular del órgano que deba representar al Ministerio, a propuesta, en su caso,
del órgano superior o directivo correspondiente por razón de la materia.
Quinto.

Delegación de competencias en materia de recursos humanos.

a) El nombramiento y cese, incluyendo la convocatoria y resolución de los
procedimientos de selección, de las personas titulares de las subdirecciones generales
del Ministerio y sus organismos públicos y entidades de derecho público dependientes
del mismo, cuando no sean competencia de otro órgano superior.
b) La propuesta y ejecución de los planes de empleo que afecten al Ministerio o a
sus organismos públicos dependientes.
c) La ejecución de las sentencias que conlleven la pérdida de la condición de
funcionario o el despido del personal laboral.
d) El otorgamiento de los premios y las recompensas que procedan.
e) La determinación de los criterios para la evaluación del personal y para la
distribución, en el Ministerio, del complemento de productividad y de otros incentivos al
rendimiento previstos.

cve: BOE-A-2022-23031
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1. Se delega en la persona titular de la Subsecretaría de Sanidad el ejercicio de las
siguientes competencias, salvo las delegadas en otro órgano: