III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2022-23021)
Orden ICT/1296/2022, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas dentro del Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa la primera convocatoria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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de los objetivos de la Decisión CID número 203, 207, y 209 del mismo, de forma
conjunta con las concedidas a través del real decreto de subvención directa a EDIH.
Específicamente, el objetivo CID 207 recoge que, el 31 de diciembre de 2023, se deberá
haber comprometido un presupuesto de 37.590.000 euros en el marco del PADIH,
incluyendo tanto las ayudas concedidas mediante las convocatorias al amparo de esta
orden de bases reguladoras para ayuda a pymes como las ayudas concedidas a través
del real decreto de concesión directa de subvenciones a centro de innovación digital.
Además, el objetivo 207 incluye que, el 31 de diciembre de 2023, se deberá haber
apoyado a un total de 25 centros de innovación digital. El objetivo CID 203, recoge que
el 30 por ciento de ese presupuesto total del PADIH se deberá haber comprometido el 31
de diciembre de 2022. Por último, el objetivo CID 209 recoge que, a 31 de diciembre
de 2025, las pymes beneficiarias deberán haber completado los programas de apoyo
integrados en el PADIH, a través de estas bases reguladoras, contribuyendo al objetivo,
compartido con otros proyectos de la inversión C13.I3, de que 171.000 pymes hayan
completado acciones destinadas a aumentar su uso de las tecnologías digitales.
La Fundación EOI, F.S.P (en adelante, la Fundación EOI), que actuará como entidad
ejecutora de este proyecto C13.I3.6, verificará el cumplimiento de los objetivos CID con
un documento resumen en el que se justifique debidamente este cumplimiento,
incluyendo los elementos relevantes de cada objetivo, tal y como se enumeran en su
descripción en el anexo del CID y, en concreto, la lista de pymes que han recibido la
ayuda, con expresa mención al tamaño y tipo de programa y los centros de innovación
digital apoyados, así como con una certificación oficial de finalización del programa y la
acreditación documental sobre el tipo de apoyo recibido. Se incluirá además copia de los
documentos oficiales de acreditación del cumplimiento del principio DNSH («Do No
Significant Harm»).
En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Trasformación y
Resiliencia, en el Reglamento (UE) n.º 2021/241 de 12 de febrero de 2021 y su
normativa de desarrollo, en particular la Comunicación de la Comisión Guía técnica
(2021/C 58/01) sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo»,
con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la
evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (CID) y
su documento anexo, así como en la Decisión sobre los Acuerdos Operativos (OA), las
acciones que se deriven de esta orden deben cumplir de las condiciones específicas
previstas en el Componente 13, Inversión C13.I3 en la que se enmarca, tanto en lo
referido al principio DNSH («Do No Significant Harm»), como especialmente en lo que se
refiere a las condiciones recogidas en los apartados 3, 6 y 8 del documento del
componente del Plan, en la CID y el OA.
Los criterios de selección asegurarán el cumplimiento del acervo europeo y nacional
en materia medioambiental, según el principio de la Guía Técnica (2021/C58/01) de «no
causar un perjuicio significativo» al medioambiente, estableciendo un listado de
actividades y activos excluidos de la financiación. Se requerirá la aplicación de los
criterios de exclusión de entidades y activos excluidos de la financiación.
La inversión C13.I3, además, tiene asignado un etiquetado digital con la etiqueta 10,
correspondiente a un porcentaje del 100 por ciento, que implica que las actividades
financiadas deben corresponder a la categoría de «Digitalización de las pymes
(incluyendo comercio electrónico, negocio electrónico y procesos empresariales en red,
centros de innovación digital, laboratorios vivientes, emprendedores de la web y las
nuevas empresas de TIC y el B2B)».
III
Conforme a lo señalado en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la
que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, como entidad con dotación
presupuestaria para el Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (PADIH), es la

cve: BOE-A-2022-23021
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 311