III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2022-22662)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 28 de noviembre de 2022, de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado, en relación con la Ley 2/2022, de 19 de mayo, de aplicación y desarrollo de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Martes 27 de diciembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
22662

Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 28 de noviembre
de 2022, de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado, en relación
con la Ley 2/2022, de 19 de mayo, de aplicación y desarrollo de la Ley
1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 5 de diciembre de 2022.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado en relación con la
Ley 2/2022, de 19 de mayo, de aplicación y desarrollo de la Ley 1/2021, de 11 de
febrero, de simplificación administrativa

1.º De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de
Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral
de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Aragón
para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales
manifestadas en relación con el artículo 19 de la Ley 2/2022, de 19 de mayo, de
aplicación y desarrollo de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación
administrativa, ambas partes las consideran solventadas en razón del siguiente
compromiso:
En relación con el artículo 19 ambas partes acuerdan que su interpretación y
aplicación conforme al orden competencial debe hacerse de conformidad con lo
dispuesto en la normativa básica estatal y, específicamente, entender que el contenido
de dicho precepto remite a las reglas de nulidad y anulabilidad establecidas en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
2.º En razón al acuerdo alcanzado, ambas partes coinciden en considerar resueltas
las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.
3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, a los efectos previstos en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así
como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín
Oficial de Aragón».
La Ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez García.–La Consejera de
Presidencia y Relaciones Institucionales, María Teresa Pérez Esteban.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2022-22662
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La Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado ha adoptado el siguiente
Acuerdo: