II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2022-22506)
Resolución 400/38486/2022, de 19 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Técnico/a Medio Sanitario: Cuidados Auxiliares de Enfermería en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Martes 27 de diciembre de 2022

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órgano convocante podrá requerir de los tribunales calificadores relación complementaria
de aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible nombramiento como personal
estatutario fijo.
8.7.7 Una vez superado el proceso selectivo al que hayan concurrido, las personas
que hayan sido admitidas en la convocatoria ordinaria con plazas reservadas para
personas con discapacidad podrán solicitar al órgano convocante la alteración del orden
de prelación para la elección de las plazas dentro del ámbito territorial que se determine
en la convocatoria, por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento
u otras análogas, que deberán ser debidamente acreditados. El órgano convocante
decidirá dicha alteración cuando se encuentre debidamente justificado, y deberá limitarse
a realizar la mínima modificación en el orden de prelación necesaria para posibilitar el
acceso al puesto de la persona con discapacidad.
8.8

Nombramiento y toma de posesión.

8.8.1 Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de las personas
aspirantes que hubieran resultado aprobadas en el proceso selectivo, el Ministerio de
Defensa, mediante la respectiva Resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado», nombrará a las personas aspirantes seleccionadas, con expresión del destino
adjudicado, como Personal Estatutario Fijo de la Red Hospitalaria de la Defensa.
8.8.2 Las personas aspirantes nombradas dispondrán de un plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente de la publicación de la orden citada, para efectuar la
toma de posesión que se llevará a efecto en la Dirección del Hospital de destino.
8.8.3 Cuando alguien aspirante no tome posesión de la plaza que se le hubiera
adjudicado en el plazo indicado perderá todos los derechos derivados de su participación
en el proceso selectivo, salvo que se deba a causa justificada así apreciada por el
órgano convocante, previa audiencia dela persona interesada.
8.8.4 Las plazas se adjudicarán por el orden definitivo de puntuación establecido
por cada tribunal al finalizar el proceso selectivo.
8.8.5 La toma de posesión de las personas aspirantes seleccionadas se realizará
en el día o plazo que a tal efecto se fije en la Resolución de nombramiento, si así se
estableciera por parte del Ministerio de Sanidad y los distintos Servicios de Salud, de
forma coordinada.
8.8.6 Una vez se hubiera tomado posesión de la plaza, no se concederán
Comisiones de Servicio entre los distintos Servicios de Salud hasta transcurridos al
menos dos años, salvo situaciones extraordinarias o circunstancias de la persona que
así lo requieran por su seguridad o integridad personal.
Lista de personas candidatas

De acuerdo con lo previsto en el artículo 3, apartado 21 del Real Decreto 407/2022,
de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, así
como también en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público, el tribunal
elaborará, a la finalización del proceso selectivo una lista de personas candidatas con
todas las que hayan superado, al menos, la fase de oposición, ordenadas por la suma
total de la puntuación obtenida, con la finalidad de que la selección de personal
estatutario interino de cada categoría y especialidad, se pueda realizar con esta lista de
personas candidatas mediante procedimientos ágiles. Para poder iniciar el procedimiento
de gestión de la lista de personas candidatas será necesario informe favorable de la
Dirección General de la Función Pública.
10.

Norma final

Al presente proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley

cve: BOE-A-2022-22506
Verificable en https://www.boe.es

9.