II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE. (BOE-A-2022-22515)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Martes 27 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 185284

f) Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en la forma indicada en el anexo IV.
7.2

Plazo de presentación:

a) En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La no presentación de esta en tiempo y
forma supondrá la exclusión del aspirante.
b) Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el
funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la
ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación
sustitutoria.
7.3

Pago de la tasa de derechos de examen:

a) De acuerdo con el artículo 66 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, las tasas de derecho de examen
para el ingreso en el subgrupo A2, son las siguientes:
Proceso selectivo

Acceso libre (cupo general y
reserva de discapacidad).

Solicitantes que no sean
miembros familias numerosas
de categoría general

Miembros de familias numerosas
de categoría general
(Descuento del 50 % de la tasa)

23,33 euros

11,66 euros

b) El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en
Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips)
en la forma indicada en el anexo IV.
c) Están exentos del pago de las tasas quienes reúnan los requisitos que figuran en
el anexo IV.
d) En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación
de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo,
supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de
participación en el proceso selectivo.
e) El abono de la tasa de los derechos de examen deberá hacerse dentro del plazo
de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del
aspirante.
Protección de datos:

a) El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así
como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y demás disposiciones que resulten de aplicación.
b) Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la
finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para
ello y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.
c) El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán
respetando la anonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

cve: BOE-A-2022-22515
Verificable en https://www.boe.es

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