III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2022-22655)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Ciudad de Melilla, para la creación de una nueva escuela infantil de primer ciclo, con cargo al Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dependiente del Gobierno de la Ciudad de Melilla 2021-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Martes 27 de diciembre de 2022

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de Melilla tendrá que devolver toda la financiación recibida. Para poder realizar los
trámites posteriores a la obra con suficiente tiempo, la obra se deberá haber
terminado no más tarde del 30 de noviembre de 2024.»
Tercera. Modificación de la cláusula tercera.
Se añade el siguiente párrafo al final:
«En caso de que la aportación comprometida para cualquiera de los ejercicios
no resultase ejecutada en el mismo, se podrá modificar su aplicación a un ejercicio
posterior mediante el correspondiente reajuste de anualidades.»
Cuarta.

Modificación de la cláusula cuarta.

Para adecuar la redacción del convenio a la nueva normativa del Plan de
Recuperación, se debe añadir la siguiente información, con antelación al último párrafo
de la cláusula cuarta:
«De manera específica, la Ciudad se compromete de manera específica con
los principios de gestión específicos del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, enumerados en el artículo 2 de la Orden HPF/1030/2021, de 29 de
septiembre.
Para ello, la Ciudad se compromete a las siguientes actuaciones:
a) A contar con su propio Plan de Medidas Antifraude, y a realizar las
declaraciones de ausencia de conflicto de interés de todo su personal implicado en
esta actuación. La Ciudad remitirá copias de dichas declaraciones firmadas a la
Dirección General de Planificación y Gestión Educativa.
b) A identificar a los perceptores finales de los fondos, sean beneficiarios de
ayudas, contratistas o subcontratistas, y a formalizar las pertinentes declaraciones
de cesión y tratamientos de datos y de compromiso en relación con la ejecución
de actuaciones del PRTR (modelos Anexos IV.B y C Orden HFP/1030/2021)
c) A realizar las pertinentes evaluaciones, al inicio y al final de las
actuaciones, de que la presente actuación no produce daños significativos al
medio ambiente y a requerir dichas evaluaciones a las entidades contratistas y
subcontratistas. Dichas evaluaciones quedarán certificadas mediante una
declaración por la unidad gestora de la presente actuación y los modelos Anexos II
de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
d) A acreditar la ausencia de doble financiación, para lo cual se solicitará que
en el momento de justificar los gastos así se acredite mediante declaración y
acompañamiento del Checklist que se indica en el Anexo III.D de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
e) A rellenar toda la información necesaria en la herramienta «COFFEE», en
su papel como entidad ejecutora de un subproyecto dentro del Proyecto 1 de la
Inversión 1 del Componente 21.»
Modificación del primer párrafo de la cláusula sexta.

A fin de facilitar la imputación de gastos de manera efectiva, se añade una frase al
primer párrafo de la cláusula sexta del convenio, quedando así dicho párrafo como sigue:
«Los pagos que hará el Ministerio en favor de la Ciudad Autónoma se
realizarán antes de finalizar el ejercicio presupuestario y una vez que hayan
remitido las memorias de seguimiento de ejecución. Cada pago podrá cubrir los
costes generados entre diciembre del ejercicio anterior y noviembre del ejercicio
presente.»

cve: BOE-A-2022-22655
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.