II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-22636)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Universidad de A Coruña, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 27 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 185522

d) Fotocopia de la titulación académica requerida.
e) Celga 4 o equivalente debidamente homologado por el órgano competente en
materia de política lingüística de la Xunta de Galicia. De no presentar la certificación no
podrán ser declarados/as exentos/as, por lo que deberán realizar la prueba a que se
refieren estas bases.
f) Las personas aspirantes deberán justificar el pago con el documento bancario
acreditativo de que se abonó la tasa de inscripción que asciende a 35,78 euros para el
subgrupo A2, que se ingresarán en el Banco Santander en la cuenta IBAN ES76
0049-5030-15-2516011262.
Según el artículo 23.5 de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y
exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, estarán exentas del
pago de la tasa aquellas personas que tengan reconocida una discapacidad igual o
superior al 33 %. También estarán exentas del pago, las personas que sean miembros de
familias numerosas clasificadas en la categoría especial. Estas circunstancias deberán
ser acreditadas documentalmente junto con la solicitud, presentando una copia de la
calificación de la discapacidad o del carnet de familia numerosa según corresponda.
Asimismo, disfrutarán de una bonificación del 50 % de la tasa los miembros de
familias numerosas de categoría general.
También disfrutarán de la bonificación del 50 % las personas que figuren como
demandantes de empleo durante el plazo, por lo menos, de un mes anterior a la fecha de
publicación de esta convocatoria. Para el disfrute de la bonificación será requisito que no
rechazaran, en el plazo de que se trate, oferta de empleo adecuado ni se negaran a
participar, excepto causa justificada, en acciones de promoción, formación o
reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo
mensual, al salario mínimo interprofesional. El certificado relativo a la condición de
demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los
servicios públicos de empleo. La acreditación de las rentas se realizará mediante una
declaración jurada o promesa escrita de la persona solicitante. Ambos documentos
deberán adjuntarse a la solicitud.
En ningún caso la presentación y el pago en la entidad bancaria supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Serán excluidas todas aquellas personas aspirantes que no presenten el documento
referido en el epígrafe 1.1.a), o no abonen la tasa de inscripción y no presenten el justificante
de bonificación o exención dentro del plazo habilitado para la presentación de solicitudes. No
se concederá ningún plazo adicional para el abono de la tasa de inscripción.
Únicamente procederá la devolución de la tasa de inscripción a las personas
aspirantes que sean excluidas por causas no imputables a ellas.
1.2 Las solicitudes se dirigirán al gerente de la Universidade da Coruña en el plazo
de veinte días hábiles que contarán a partir del siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el «Diario Oficial de Galicia».
La presentación de las solicitudes se hará en el Registro General de la Universidade
da Coruña (Edificio de la Reitoría, calle de la Mestranza, 9, 15001 A Coruña), en los
registros auxiliares (campus de la Zapateira, A Coruña y edificio de usos administrativos
en el campus de Esteiro, Ferrol), o en las restantes formas previstas en el artículo 16 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas.
1.3 Las personas aspirantes que aleguen méritos en la fase de concurso los
deberán acreditar mediante la presentación de los documentos justificativos originales o
de las copias compulsadas junto con la solicitud. Los servicios prestados en la
Universidade da Coruña se acreditarán mediante una certificación expedida por la
Gerencia de la Universidad, referida a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes.
1.4 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hagan constar en
sus solicitudes y pueden únicamente demandar su modificación mediante un escrito
motivado, dentro del plazo establecido en la base 1.2 para la presentación de solicitudes.

cve: BOE-A-2022-22636
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Núm. 310