II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo Nacional de Médicos Forenses. (BOE-A-2022-22499)
Orden JUS/1287/2022, de 22 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 27 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 185005

convocatoria. Quienes soliciten participar por el cupo reserva de personas con
discapacidad, únicamente podrán presentarse por este cupo. La contravención de esta
norma determinará la exclusión de la persona aspirante que no la hubiese observado.
De la misma manera, las personas aspirantes que hubieran optado por el cupo
general no podrán cambiar al de reserva para personas con discapacidad.
Excepcionalmente, quienes hubieran solicitado la condición legal de personas con
discapacidad antes del día de la publicación de la presente convocatoria y que la
hubieran obtenido con posterioridad a la finalización de la presentación de instancias,
podrán solicitar cambio de cupo dentro de su mismo ámbito territorial de elección hasta
el día de la publicación de las listas provisionales de personas admitidas y excluidas.
Las personas aspirantes con discapacidad, podrán pedir en el modelo oficial de
solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas
del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. De
solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por
el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma
fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad
reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no
de la concesión de la adaptación solicitada.
En el supuesto de que alguno de las personas aspirantes con discapacidad que se
haya presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, pero
no obtuviera plaza por dicho cupo de reserva, y su puntuación fuera superior a la
obtenida por los aspirantes del sistema general que pudieran obtener plaza, será incluida
por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
1.3 Las personas aspirantes sólo podrán participar por un único ámbito territorial y,
en caso de superar el proceso selectivo, obtendrán necesariamente destino dentro del
ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito
territorial no se podrán acumular a otro distinto.
1.4 No se admitirá la modificación del ámbito territorial elegido una vez presentada
la solicitud, salvo para el caso de que se produjeran vacantes en un determinado ámbito
territorial, en cuyo caso se ofrecerá relación complementaria a los aspirantes que,
habiendo superado todos los ejercicios en la fase de oposición y valorados sus méritos
en la fase de concurso, sigan a los propuestos hasta completar el total de plazas
convocadas.
Así, de este modo, si en un ámbito territorial hubiesen aspirantes que habiendo
obtenido la puntuación mínima fijada para cada uno de los ejercicios de la oposición
(anexo I) y habiendo sido baremados sus méritos no superasen el proceso selectivo al
venir el número de personas aprobadas limitado por el número de plazas convocadas en
ese ámbito territorial y en otro ámbito territorial hubiesen quedado plazas sin cubrir, estas
plazas vacantes podrán ser ofertadas a los aspirantes que superaron los tres ejercicios,
pero no la oposición, en su ámbito, de mayor a menor nota, debiendo manifestar
expresamente su conformidad con el cambio de ámbito territorial y su inclusión a
continuación del el último o última candidata que aprobó por el ámbito en el que le ha
ofertado la plaza vacante existente. Si la persona aspirante con la nota más alta
rechazase esta posibilidad, se pasará a la siguiente y así sucesivamente.
1.5 Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el
«Boletín Oficial del Estado» y en los boletines oficiales de las Comunidades Autónomas
donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible,
todos los términos y plazos establecidos en la presente Orden se contarán a partir de la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2.

Proceso selectivo

2.1 El proceso selectivo tendrá lugar por el sistema de oposición que se
desarrollará con los ejercicios, puntuaciones y valoraciones que se especifican en el
anexo I-A de esta convocatoria.

cve: BOE-A-2022-22499
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 310