III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción. (BOE-A-2022-22649)
Acuerdo de 21 de diciembre de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye, en virtud de lo previsto en el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al Juzgado de Primera Instancia número 105 de Madrid, el conocimiento, con carácter exclusivo pero no excluyente, de los asuntos de transporte aéreo de las clases de reparto C35ªA para las demandas de juicio verbal y C35ªB para las demandas de juicio ordinario relativas al transporte.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Martes 27 de diciembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
22649

Acuerdo de 21 de diciembre de 2022, de la Comisión Permanente del
Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye, en virtud de lo
previsto en el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al Juzgado
de Primera Instancia número 105 de Madrid, el conocimiento, con carácter
exclusivo pero no excluyente, de los asuntos de transporte aéreo de las
clases de reparto C35ªA para las demandas de juicio verbal y C35ªB para las
demandas de juicio ordinario relativas al transporte.

1. Atribuir, en virtud de lo previsto en el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, al Juzgado de Primera Instancia número 105 de Madrid, el conocimiento, con
carácter exclusivo pero no excluyente, de los asuntos de transporte aéreo de las clases
de reparto C35.ªA para las demandas de juicio verbal y C35.ªB para las demandas de
juicio ordinario relativas al transporte, con la finalidad de canalizar su registro, tramitación
y resolución a través de la Unidad Funcional constituida, hasta ahora, en los juzgados de
lo mercantil para su resolución, que se encargará de la incoación, tramitación, resolución
final y ejecución de los asuntos asignados al Juzgado de Primera Instancia número 105
de Madrid.
2. Los asuntos de la misma naturaleza que los que son objeto de este acuerdo de
especialización se continuarán conociendo hasta su conclusión, por los órganos
judiciales a los que se atribuyó su inicial conocimiento.
3. La presente medida producirá efectos desde el 1 de enero del año 2023.
4. Publicar el presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».
5. Respecto a la propuesta de extender la especialización del Juzgado de Primera
Instancia número 105 de Madrid, al conocimiento, con carácter exclusivo y no
excluyente, a demandas de «acciones ejercitadas frente a entidades bancarias y
financieras relativas a contratos bancarios como productos financieros y de inversión»,
concretándose la especialización en el reparto a la unidad funcional (a la que hará que
cambiar su denominación actual) las 1.500 primeras demandas de la clase de reparto
C33.ª, reduciendo a una media de 17 asuntos mensuales por juzgado, no ha lugar a la
misma sin perjuicio de que pueda llevarse a cabo un estudio específico y proponerse una
solución concreta que se adapte a las peculiaridades de esta clase de asuntos.

cve: BOE-A-2022-22649
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 21 de diciembre de 2022.–El Presidente del Consejo General del Poder
Judicial, P.S., el Vocal Rafael Mozo Muelas.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X