II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-22379)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral del Grupo III, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 182919

– Cuando proceda, fotocopia del certificado o la licencia que acredite el
cumplimiento del requisito imprescindible exigido para alguna de las plazas convocadas.
(Excluyente)
4.4 Con la firma de la solicitud para participar en estas pruebas selectivas, se
autoriza el uso de datos personales, tales como nombre, apellidos, DNI y valoraciones
de méritos, a efectos de ser incluidos en los listados que serán publicados en los
tablones de anuncios de Gerencia, Registro General y Registros Auxiliares de la
Universidad, en la página web de la Universidad de Oviedo, y en los Boletines Oficiales
de la Comunidad Autónoma y del Estado.
5.ª

Admisión de aspirantes.

5.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad
de Oviedo, a propuesta de la Comisión Calificadora, dictará Resolución en el plazo
máximo de un mes, que se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, y
aprobará las listas provisionales de admitidos y excluidos con indicación de las causas
de la exclusión. En las listas, una por cada una de las plazas convocadas, deberán
constar en todo caso los apellidos, nombre y algunos dígitos del número del Documento
Nacional de Identidad.
5.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de cinco días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial
del Principado de Asturias», para poder subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión o la omisión de las relaciones de admitidos y excluidos, así como para aportar
documentación a los efectos de justificar adecuadamente los méritos ya invocados en la
solicitud inicial.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen
sobre la omisión, justificando el derecho a ser incluidos en la relación de admitidos,
serán definitivamente excluidos de la convocatoria.
Asimismo, sólo en este plazo será admitida documentación acreditativa de los
méritos ya invocados en la solicitud y no justificados.
5.3 Seguidamente, a propuesta de la Comisión Calificadora, mediante Resolución
del Rector de la Universidad de Oviedo, se harán públicas en el «Boletín Oficial del
Principado de Asturias» las listas definitivas de admitidos y excluidos.
Contra dicha Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en plazo de dos meses contados desde el
día siguiente al de su publicación, conforme al artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Previamente y con carácter
potestativo, podrá interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes,
a tenor del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.ª

Sistema de selección.

El sistema de selección del candidato más meritorio para cada plaza será el
concurso.
Serán valorados los méritos alegados y probados documentalmente por cada
concursante, conforme al baremo que figura en el Anexo III de esta convocatoria.
7.ª

Comisión Calificadora.

7.1 La Comisión Calificadora de estas pruebas selectivas es la que figura como
Anexo II de esta convocatoria.
7.2 Los miembros de la Comisión y el Secretario deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las

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Núm. 309