II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-22374)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Básica de Apoyo a la Docencia y a la Investigación, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

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Sector Público; los Estatutos de la Universidad de Granada y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
1.3 El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.
1.4 La fase de oposición se desarrollará con el ejercicio y puntuaciones
establecidos en el Anexo II de esta convocatoria. El programa de materias para el
ejercicio de la fase de oposición será el contenido en el Anexo I de esta convocatoria.
1.5 La fase de concurso se desarrollará conforme a lo dispuesto en el Anexo II de
la presente convocatoria, con aplicación del baremo contenido en el mismo.
1.6 El ejercicio de la fase de oposición, que no se realizará antes del día 1 de
marzo de 2023, se fijará de acuerdo a la forma establecida en la base 4.1 de esta
convocatoria.
2.

Requisitos de las personas aspirantes

a) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la
Unión Europea, o nacionales de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados
Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de los trabajadores y las trabajadoras en los términos en
que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su
cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o
mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las
personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima
de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del
cuerpo y escala a que se aspira.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso
de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en
los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico, o titulación equivalente, o
haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco
años, en los supuestos y con los requisitos legalmente establecidos, de conformidad con
la normativa de aplicación, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y
abonado los correspondientes derechos para su obtención.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la credencial correspondiente de homologación.
f) Poseer la capacitación a, b y c que debe cumplir el personal que maneja
animales de experimentación, que se establece en el Real Decreto 53/2013, de 1 de
febrero, por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los
animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia, o
lo recogido en el régimen transitorio de la Orden ECC/566/2015 de 20 de marzo, en su

cve: BOE-A-2022-22374
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2.1 Las personas aspirantes, para ser admitidas en el proceso selectivo, deberán
reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular: