II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-22362)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar de Servicios Generales, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de diciembre de 2022

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3. Solicitudes, tasa y plazo de presentación
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar
electrónicamente su solicitud. Para ello, deberán inscribirse mediante el procedimiento
«Procesos selectivos de PAS: Solicitud de admisión», disponible en la sede electrónica
de la Universidad de Granada (https://sede.ugr.es). En la ficha del citado procedimiento
se indican las instrucciones a seguir para cumplimentar la solicitud de admisión a
procesos selectivos.
3.2 La presentación de solicitudes se hará en el plazo de los veinte días naturales
siguientes a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
3.3 Las personas aspirantes con discapacidad con grado reconocido igual o
superior al 33 por 100 que deseen participar en el proceso selectivo, deberán indicarlo
en el recuadro correspondiente de la solicitud expresando, en su caso, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en el que esta
adaptación sea necesaria a fin de asegurar su participación en el proceso en condiciones
de igualdad, utilizando para ello el apartado correspondiente de la solicitud. A tal fin,
deberán aportar dictamen técnico facultativo acerca de la procedencia de la adaptación
solicitada, emitido por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de
discapacidad, en el que conste expresamente la adaptación que corresponde al
interesado en cada uno de los ejercicios según sus circunstancias personales. El
Tribunal estudiará la propuesta del informe técnico y decidirá sobre su concesión,
conforme a los criterios establecidos en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
3.4 Los derechos de participación serán de 17,50 euros, y se ingresarán en la
cuenta ES71 2100 4224 3913 0072 1670 de cualquier oficina de CaixaBank, abierta a
nombre de «Pruebas Selectivas de Acceso a la Universidad de Granada», bien
directamente o mediante transferencia bancaria a dicha cuenta. La solicitud deberá ir
acompañada del resguardo acreditativo de la transferencia. La falta de justificación del
abono de los derechos de participación o de encontrarse exento del mismo determinará
la exclusión de la persona aspirante.
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de los derechos de
participación supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud de participación de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.
3.5 Exenciones y bonificaciones de los derechos de participación.
Estarán exentos del pago de los derechos de participación:
a) De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 50/1998, de 30 de
diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, por el que se
modifica el apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de
Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social:
1. Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100.
2. Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
la presente convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo
de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen
negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o
reconversión profesional, lo que se justificará con un informe negativo de rechazos, y
que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo
Interprofesional.
El informe negativo de rechazos se solicitará en las oficinas de los servicios públicos
de empleo. La acreditación de las rentas, se realizará presentando certificado de la
declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,
correspondiente al año 2021 y, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo

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Núm. 309