II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2022-22275)
Resolución 400/38492/2022, de 12 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Técnico/a Superior en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309
Lunes 26 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 182457
relación complementaria de aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible
nombramiento como personal estatutario fijo.
8.7.7 Una vez superado el proceso selectivo al que hayan concurrido, las personas
que hayan sido admitidas en la convocatoria ordinaria con plazas reservadas para
personas con discapacidad podrán solicitar al órgano convocante la alteración del orden
de prelación para la elección de las plazas dentro del ámbito territorial que se determine
en la convocatoria, por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento
u otras análogas, que deberán ser debidamente acreditados. El órgano convocante
decidirá dicha alteración cuando se encuentre debidamente justificado, y deberá limitarse
a realizar la mínima modificación en el orden de prelación necesaria para posibilitar el
acceso al puesto de la persona discapacitada.
8.8
Nombramiento y toma de posesión.
8.8.1 Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de las personas
aspirantes que hubieran resultado aprobadas en el proceso selectivo, el Ministerio de
Defensa, mediante la respectiva Resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado», nombrará a las personas aspirantes seleccionadas, con expresión del destino
adjudicado, como Personal Estatutario Fijo de la Red Hospitalaria de la Defensa.
8.8.2 Las personas aspirantes nombradas dispondrán de un plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente de la publicación de la orden citada, para efectuar la
toma de posesión que se llevará a efecto en la Dirección del Hospital de destino.
8.8.3 Cuando alguien aspirante no tome posesión de la plaza que se le hubiera
adjudicado en el plazo indicado perderá todos los derechos derivados de su participación
en el proceso selectivo, salvo que se deba a causa justificada así apreciada por el
órgano convocante, previa audiencia de la persona interesada.
8.8.4 Las plazas se adjudicarán por el orden definitivo de puntuación establecido
por cada tribunal al finalizar el proceso selectivo.
9.
Lista de personas candidatas
De acuerdo con lo previsto en el artículo 3, apartado 21, del Real Decreto 407/2022,
de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, el
Tribunal elaborará, a la finalización del proceso selectivo una lista de personas
candidatas con todas las que hayan superado, al menos, la fase de oposición,
ordenadas por la suma total de la puntuación obtenida, con la finalidad de que la
selección de personal estatutario interino de cada categoría y especialidad, se pueda
realizar con esta lista de personas candidatas mediante procedimientos ágiles. Para
poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de personas candidatas será
necesario informe favorable de la Dirección General de la Función Pública.
10.
Norma final
Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante la Subsecretaría de Defensa, en el plazo de un mes desde su publicación o
bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación,
ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de
cve: BOE-A-2022-22275
Verificable en https://www.boe.es
Al presente proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia
y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Núm. 309
Lunes 26 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 182457
relación complementaria de aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible
nombramiento como personal estatutario fijo.
8.7.7 Una vez superado el proceso selectivo al que hayan concurrido, las personas
que hayan sido admitidas en la convocatoria ordinaria con plazas reservadas para
personas con discapacidad podrán solicitar al órgano convocante la alteración del orden
de prelación para la elección de las plazas dentro del ámbito territorial que se determine
en la convocatoria, por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento
u otras análogas, que deberán ser debidamente acreditados. El órgano convocante
decidirá dicha alteración cuando se encuentre debidamente justificado, y deberá limitarse
a realizar la mínima modificación en el orden de prelación necesaria para posibilitar el
acceso al puesto de la persona discapacitada.
8.8
Nombramiento y toma de posesión.
8.8.1 Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de las personas
aspirantes que hubieran resultado aprobadas en el proceso selectivo, el Ministerio de
Defensa, mediante la respectiva Resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado», nombrará a las personas aspirantes seleccionadas, con expresión del destino
adjudicado, como Personal Estatutario Fijo de la Red Hospitalaria de la Defensa.
8.8.2 Las personas aspirantes nombradas dispondrán de un plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente de la publicación de la orden citada, para efectuar la
toma de posesión que se llevará a efecto en la Dirección del Hospital de destino.
8.8.3 Cuando alguien aspirante no tome posesión de la plaza que se le hubiera
adjudicado en el plazo indicado perderá todos los derechos derivados de su participación
en el proceso selectivo, salvo que se deba a causa justificada así apreciada por el
órgano convocante, previa audiencia de la persona interesada.
8.8.4 Las plazas se adjudicarán por el orden definitivo de puntuación establecido
por cada tribunal al finalizar el proceso selectivo.
9.
Lista de personas candidatas
De acuerdo con lo previsto en el artículo 3, apartado 21, del Real Decreto 407/2022,
de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, el
Tribunal elaborará, a la finalización del proceso selectivo una lista de personas
candidatas con todas las que hayan superado, al menos, la fase de oposición,
ordenadas por la suma total de la puntuación obtenida, con la finalidad de que la
selección de personal estatutario interino de cada categoría y especialidad, se pueda
realizar con esta lista de personas candidatas mediante procedimientos ágiles. Para
poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de personas candidatas será
necesario informe favorable de la Dirección General de la Función Pública.
10.
Norma final
Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante la Subsecretaría de Defensa, en el plazo de un mes desde su publicación o
bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación,
ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de
cve: BOE-A-2022-22275
Verificable en https://www.boe.es
Al presente proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia
y lo dispuesto en la presente convocatoria.