III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2022-22460)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Foral de Navarra, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 184805

c) Evaluar el proyecto piloto objeto de las subvenciones reguladas en el Real
Decreto 378/2022, de 17 de mayo, en coordinación con la Comunidad Foral de Navarra
a través del Departamento de Educación.
2. La responsabilidad de la gestión, control y cumplimiento de los hitos y objetivos
de la subvención le corresponde al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, sin que pueda delegarse la misma en otras entidades.
Sexta.

Compromisos asumidos por la Comunidad Foral de Navarra.

1. En virtud del presente convenio, a la Comunidad Foral de Navarra a través del
Departamento de Educación deberá dar cumplimiento a las siguientes obligaciones:

2. La Comunidad Foral de Navarra a través del Departamento de Educación deberá
rendir justificación ante el órgano gestor del cumplimiento de las condiciones impuestas y
de la consecución de los objetivos de la subvención.
El reporte de la justificación de cumplimiento deberá realizarse de acuerdo con los
requisitos y el contenido concreto diseñados para cada una de las categorías de
actuaciones a financiar por parte de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de
Inclusión y Previsión Social como órgano competente. De esta manera la información
incluida en la propia justificación de cumplimiento de las condiciones se adecuará al
diseño general de la política de inclusión social.
3. Los gastos se acreditarán mediante facturas y demás documentos de valor
probatorio equivalente, con validez en el tráfico jurídico mercantil o eficacia
administrativa.
4. La Comunidad Foral de Navarra a través del Departamento de Educación deberá
proporcionar a la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión
Social los datos e indicadores disponibles en sus bases de datos necesarios para el
diseño, seguimiento y evaluación de los itinerarios de inclusión social que son objeto de

cve: BOE-A-2022-22460
Verificable en https://www.boe.es

a) Cumplir el objetivo, realizar la actividad y adoptar el comportamiento en que se
fundamenta la concesión de subvención, en la forma, condiciones y plazo establecidos
en el Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo, la resolución de concesión y en el presente
convenio.
b) En la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicarán
significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE)
2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al
establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se
modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.
c) Colaborar con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y
Previsión Social para el diseño de la metodología RCT, y proporcionar la información
necesaria para ello, de acuerdo con los mecanismos de intercambio de información
previstos en el Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo, en la resolución de concesión de
la subvención y en el presente convenio.
d) Colaborar con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y
Previsión Social para la ejecución de la evaluación de los proyectos piloto objeto de las
subvenciones reguladas en el Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo.
e) Someterse a las actuaciones de control y seguimiento de la aplicación de los
fondos destinados al proyecto subvencionado mediante la verificación de documentos y
a la evaluación continua y final por parte de los órganos gestores de las respectivas
subvenciones, así como al control financiero de los mismos por la Intervención General
de la Administración del Estado y el Tribunal de Cuentas.
f) Asegurar que los participantes en los itinerarios de inclusión social objeto del
presente convenio son adecuadamente informados y aceptan voluntariamente su
participación en el mismo, a través de la firma de un consentimiento informado. Se indica
en el anexo III la referencia al contenido del consentimiento.