III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2022-22461)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Sevilla, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

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de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y
prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y
aspiraciones de la comunidad vecinal y, en todo caso, como competencia propia, en los
términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, ejerce «la
evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a
personas en situación o riesgo de exclusión social» ex artículo 25.e)», constituyendo la
población beneficiaria del proyecto subvencionado, las familias perceptoras del ingreso
mínimo vital, y por tanto en situación de precariedad económica y situación o riesgo de
exclusión social.
Por su parte, la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía,
incluye dentro de las funciones de los servicios sociales comunitarios, la puesta en
marcha de actuaciones de carácter preventivo y terapéutico tendentes a propiciar el
desarrollo y la integración social de la población y la disminución de las situaciones de
riesgo social, el desarrollo de actuaciones de prevención, información y reinserción social
en materia de menores, la detección de menores en situación de desprotección, la
detección e intervención en casos de menores en situación de riesgo y, cuando sea
necesario, el abordaje terapéutico en el propio medio, mediante un tratamiento
específico e integrador que compense situaciones de riesgo de desprotección o permita
la reunificación familiar en aquellos casos en los que haya sido necesaria la adopción de
medidas de protección, la identificación e intervención en situaciones de exclusión social
o riesgo de estarlo y de desprotección a personas en situación de vulnerabilidad social,
el seguimiento y evaluación de resultados respecto a los objetivos propuestos en el
Proyecto de Intervención Social, con la participación activa de la persona y su familia o
unidad de convivencia, el estudio de la realidad social y análisis de necesidades y
demanda de servicios sociales, la promoción de medidas e inclusión social, laboral o
educativa y la organización y gestión de las prestaciones garantizadas, entre otras,
encontrándose dentro de estas últimas la prestación de servicios de apoyo psicosocial y
psicoeducativo de atención a la infancia y la familia.
Concretamente, dentro de las prestaciones garantizadas se encuentra la prestación
de servicios de apoyo psicosocial y psicoeducativo de atención a la infancia y la familia.
Dicha prestación se encuentra definida en el catálogo de prestaciones publicados por la
Comunidad Autónoma como el conjunto de actuaciones psico-socioeducativas que
proporcionan a las familias con menores en situación de riesgo o desprotección, un
tratamiento específico e integrador que permita la adquisición de habilidades básicas y
hábitos de conducta tanto en lo relativo a las capacidades personales como las
relacionales en situaciones de crisis, riesgo o vulnerabilidad, incluyendo prevención,
seguimiento y control de situaciones de absentismo escolar.
Asimismo, la citada Ley de Servicios Sociales establece que las Administraciones
Públicas competentes en materia de servicios sociales promoverán la investigación
científica y el desarrollo en esta materia como instrumento para la mejora continua de la
calidad de los servicios sociales, de acuerdo a los planes y políticas relacionados con la
investigación en Andalucía y en los ámbitos nacional y europeo y favorecerán las
actividades de innovación e impulsarán la cultura innovadora entre los distintos agentes
e instituciones públicas y privadas que forman parte del sistema.

Que al objeto de paliar el impacto económico y social provocado por la irrupción
del COVID-19 y apoyar la recuperación económica, el Consejo Europeo del 21 de julio
de 2020, consciente de la necesidad en este momento histórico de un esfuerzo sin
precedentes y de un planteamiento innovador que impulsen la convergencia, la
resiliencia y la transformación en la Unión Europea, acordó un paquete de medidas de
gran alcance
Estas medidas aúnan el marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027 reforzado
y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación («Next
Generation EU»). Este Instrumento Europeo de Recuperación, implicará para España

cve: BOE-A-2022-22461
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.