III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22444)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Cabra 0 de 250 MWp/188 MWn y su infraestructura de evacuación, en Montemayor, Espejo, Castro del Río y Cabra (Córdoba)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 184566

La PSFV se localiza en cinco zonas muy cercanas entre sí, situadas todas ellas en la
zona este del término municipal de Montemayor. La superficie de las parcelas afectadas
por la PSFV será de 521,32 ha, mientras que la SET «Cabra Promotores» se ubica en la
parcela 16 del polígono 13 de Montemayor y ocupa una superficie de 2.523 m2. Se
especifica una longitud de viales internos de 34.728 m y una longitud final del vallado
perimetral (2,5 m de altura) de 28.354 m. Para el tipo de cerramiento se establecen dos
opciones posibles, bien con malla cinegética o bien cerramiento con pasos de fauna a
ras de suelo.
La obra civil engloba la preparación del terreno, la realización de zanjas y
canalizaciones para las conducciones eléctricas, el trazado de viales, los drenajes,
cunetas y badenes necesarios, así como la cimentación y la construcción de los edificios
donde se situarán parte de las protecciones, los inversores, transformadores,
subestación, seccionamiento de la central fotovoltaica y las cimentaciones de los apoyos
de la línea eléctrica.
2.

Tramitación del procedimiento

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, el órgano sustantivo somete a información pública el
proyecto y el estudio de impacto ambiental (en adelante EsIA). El anuncio relativo a la
información pública se realiza en el «Boletín Oficial del Estado», n.º 89, del 14 de abril
de 2021; en el «Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba», n.º 73, del 20 de abril
de 2021; así como en los tablones de edictos de los ayuntamientos afectados y en el
portal web de la Delegación del Gobierno en Andalucía.
Conforme a lo establecido en el artículo 37 de la Ley 21/2013, el órgano sustantivo
trasladó consultas a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas
recogidas en el Anexo I. Los informes recibidos fueron remitidos por el órgano sustantivo
al promotor para su consideración.
En virtud del artículo 40.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, con fecha 20 de octubre de 2021, se requiere al órgano sustantivo que realice
una nueva consulta a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, y a la Dirección
General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Consejería de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía.
Con fecha de 4 de abril de 2022 fueron recibidos los informes de la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir (informe de 13 de octubre de 2021) y de la Delegación
Territorial de Desarrollo Sostenible en Córdoba (informe de fecha 23 de diciembre
de 2021) en lo relativo a la actuación Planta Solar Fotovoltaica «CABRA_0». Con fecha 1
de agosto de 2022, ha tenido entrada en esta Subdirección General, el informe de la
Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Córdoba sobre las Infraestructuras
Comunes de Evacuación del Nudo «CABRA 400 kV», es decir, la SET «Cabra
Promotores 30/400 kV», la línea aérea de alta tensión, la SET Seccionadora «Nudo
Cabra 400 kV», y el centro de medida para la facturación de energía generada, situado
anexo a la Subestación Cabra REE (informe de 22 de julio de 2022).
3. Análisis técnico del expediente
Análisis de alternativas.

Para la planta solar fotovoltaica (PSFV), el EsIA, además de la alternativa 0 o de no
realización del proyecto, contempla tres alternativas.
La alternativa seleccionada por el promotor para la implantación de la PSF es la
alternativa 1, que ofrece una serie de ventajas respecto al resto de alternativas:
– Menor pérdida de superficie total (superficie de PSFV de 521,32 ha, frente a
los 707,61 ha de la alternativa 2 y 568, 85 ha de la alternativa 3).
– Poseer menores pendientes medias.

cve: BOE-A-2022-22444
Verificable en https://www.boe.es

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