III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sector eléctrico. (BOE-A-2022-22467)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la estimación de la cuantía de los costes recuperables por el operador del mercado relativos a los acoplamientos únicos diario e intradiario en el ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 184856

Tercero. Valoración de las alegaciones.
Como se señala en el apartado II, se han recibido alegaciones a la propuesta de
Resolución por parte de OMIE. Siendo las principales las siguientes:
– Que la normativa que aplicaba de 2019 a 2021 era distinta a la Circular 10/2021
que es la que aplica para 2023. OMIE señala que con la anterior normativa tenía
incentivos a sobreestimar, dado que el importe de costes del SIDC que se reconocía en
las órdenes de peajes era un máximo, por lo que debía cubrir posibles contingencias, ya
que, si se superaba ese importe, la diferencia de costes no podía recuperarla.
– Que el 59% de ajuste se aplica a los costes nacionales, pero se ha calculado con
los costes totales de 2019 a 2021. Indican que la principal diferencia en esos años era
debida a los costes comunes y no a los costes nacionales, y aportan un desglose.
A este respecto, se significa que en la documentación aportada por OMIE para la
validación de los costes del SIDC, y en el Cost Report Europeo, no se han venido
reportando, de forma clara, los costes nacionales, de 2019 a 2021, a fin de poder
comprobar lo indicado.
– OMIE explica también que los proyectos SDAC y SIDC no son homogéneos en el
tiempo, por lo que los costes pueden variar fuertemente de un ejercicio a otro. Asimismo,
señalan que se prevé un aumento de la inflación, un aumento de los costes de viajes tras
el fin de la pandemia y que necesitan cierta holgura para posibles contingencias. Alega
además que el ajuste aplicado les aporta inseguridad retributiva. Por otro lado, reitera
que la actividad del SDAC está íntimamente ligada a la función propia del operador del
mercado, por lo que no puede identificar el coste de personal.
– OMIE aporta una nueva estimación, que se incluye también en el anexo, en la que
varían ligeramente algunos de los costes. Esta nueva estimación (Tabla 4) ya recoge los
presupuestos de costes comunes para el SDAC y SIDC, que fueron aprobados, según
se indica en la alegación, el pasado 19 de octubre.
Tabla 4. Comparativa de las estimaciones de costes elaboradas por OMIE enviadas en
respuesta al Oficio de petición de información (antigua) y en la fase de alegaciones (nueva)
2023
(Miles euros)

Comunes.

SDAC
Antigua

SIDC
Nueva

Antigua

Nueva

502

512

674

674

Regionales.





15



Nacionales.

756

681

2.115

2.034

1.258

1.193

2.804

2.708

Total.

– Por último, OMIE alega que no se puede aplicar el ajuste al proyecto SDAC, ya
que no se han producido aun validaciones por parte de la CNMC referentes a este
proyecto, por lo que consideran que la CNMC no puede determinar si la estimación es o
no holgada en base a periodos pasados para el SDAC.
Se ha aceptado esta alegación, habida cuenta además de que OMIE ha revisado a la
baja su estimación de costes nacionales del SDAC. Por lo tanto, no se aplica ningún
ajuste a los costes nacionales del proyecto SDAC, aceptando la estimación de OMIE.

cve: BOE-A-2022-22467
Verificable en https://www.boe.es

Estas nuevas estimaciones han sido aceptadas para todos los casos salvo para los
costes nacionales SIDC, para los que se mantiene la cantidad de la propuesta de
resolución que fue sometida a trámite de audiencia.