II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2022-22148)
Resolución 400/38496/2022, de 21 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca con carácter excepcional proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal de larga duración, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Titulado/a Especialista en Ciencias de la Salud, y de Titulado/a Sanitario/a, en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 181507

2.5 No poseer plaza en propiedad en la categoría/especialidad en la que participe,
como personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa, conforme a
lo establecido en el Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el
catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal
estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización.
2.6 De conformidad con el artículo 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996, de 15
de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de
la Ley de Enjuiciamiento Civil, es requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones,
oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido
condenada por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual,
que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación
sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de
seres humanos.
2.7 Titulación. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que para
cada categoría y especialidad se indica en el punto 1. de estas bases, o equivalente,
expedido por el órgano competente, habiendo finalizado la formación exigida para su
obtención, al terminar el plazo de presentación de solicitudes. Las personas aspirantes
con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la
correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente
certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
2.8 Tasas. Haber abonado las tasas de la presente convocatoria, salvo aquellas
personas aspirantes que estén exentas legal o reglamentariamente, según se establece
en la base 3.6 de esta convocatoria.
3.

Solicitudes

3.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo
oficial 790, al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso
General (https:// administracion.gob.es/PAG/ips).
Las solicitudes se presentarán por vía electrónica, tal y como se contempla en el
Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, sin perjuicio de lo
dispuesto en el artículo 16.4.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se
cursen desde el extranjero.
3.2 La presentación de la solicitud vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General
(https:// administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se indiquen,
siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
cl@ve, en cualquiera de sus modalidades, y se anexará a la solicitud la hoja de
autobaremo cumplimentada, donde la persona aspirante se autovalorará de conformidad
con el baremo de méritos. En ningún caso la puntuacion obtenida en el autobaremo
vinculará al Tribunal, teniendo éste que verificar la puntuación obtenida, por tanto, tan
solo tendrá un carácter meramente orientativo del proceso.
El impreso de autovaloración estará disponible en la página web del Ministerio de
Defensa (http://www.defensa.gob.es/), y en el punto de acceso general
www.administracion.gob.es.
En la fase de presentación de solicitudes no se entregará más documentación.
La persona candidata responde de la veracidad de los datos, méritos y valoración
alegados. Cuando existan indicios de falseamiento en los requisitos o méritos alegados
en la solicitud para el autobaremo, la Administración actuará de conformidad con el
Código Penal, así como cuando exista incumplimiento de las normas sobre

cve: BOE-A-2022-22148
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 308