II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2022-22147)
Resolución 400/38495/2022, de 21 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Enfermero/a, Fisioterapeuta, y Matrona en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de diciembre de 2022

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7.5 Se habilita a los tribunales para que adopten las medidas, instrucciones o
resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible alguna de sus fases,
pudiendo establecer el procedimiento a seguir en el uso de los medios electrónicos,
incluidos los audiovisuales para hacer accesibles los procesos mediante la
territorialización, según la lista de admitidos.
8. Desarrollo del proceso selectivo
El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra «U», según lo establecido en la Resolución de
la Secretaria de Estado de Función Pública de 9 de mayo de 2022 (BOE del 13), por la
que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
8.1 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, siendo
excluidas de la oposición quienes no comparezcan.
8.2 El tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, si tuviera
conocimiento de que alguna de ellas no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en
la convocatoria deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante, previa
audiencia de la persona interesada.
8.3 Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el tribunal hará pública la relación
de las personas aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido en el proceso
selectivo para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
8.4 Las personas aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un
plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
relación de las personas aprobadas del proceso selectivo, para aportar la documentación
acreditativa de los méritos alegados en la fase de concurso. La documentación relativa a
la fase de Concurso, deberá ser registrada con tramitación electrónica, de conformidad
con la Disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por
medios electrónicos, y se dirigirá al Órgano Gestor en la Subsecretaría de Defensa
(Subdirección General de Personal Civil) calle Princesa, 32-36, 28071 Madrid.
8.5 La no presentación de la documentación de los méritos alegados supondrá la
no valoración a la persona aspirante en la fase de concurso, así como también quedarán
sin valorarse aquellos méritos que no hayan presentado adjunta la documentación
exigida en el anexo I.
8.6 El Tribunal publicará las calificaciones provisionales obtenidas en la fase de
concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la puntuación total.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar a partir
del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes en base a la documentación presentada, sin que pueda admitirse la
presentación de nueva documentación. Finalizado dicho plazo, el tribunal publicará
relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
8.7 Superación del proceso selectivo.
8.7.1 Finalizado el concurso-oposición, el tribunal hará pública la relación de
personas aprobadas por orden de puntuación total del proceso selectivo, en los medios
de publicación señalados en la presente convocatoria.
8.7.2 La relación de personas aprobadas del proceso selectivo se elevará a la
autoridad convocante para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo
las personas aspirantes propuestas de un plazo de veinte días hábiles, desde la
publicación oficial, para la presentación de la documentación que figura en el Anexo V.
8.7.3 Los órganos de selección no podrán proponer el acceso a la condición de
personal estatutario fijo de un número superior de personas aprobadas al de plazas
convocadas en el proceso selectivo.

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Núm. 308