II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2022-22146)
Resolución 400/38494/2022, de 21 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca con carácter excepcional proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal de larga duración, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Enfermero/a en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 181465

2.2 Capacidad. Poseer la capacidad funcional física y psicológica para el
desempeño de las funciones que se derivan del correspondiente nombramiento.
2.3 Edad. Tener cumplidos dieciseis años, y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
2.4 Habilitación. No haber sido separada la persona aspirante mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
inhabilitada con carácter firme, para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso,
para la correspondiente profesión.
En caso de las personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitada, por
sanción o pena o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria
para el ejercicio profesional o para acceso a funciones o servicios públicos en su Estado
ni haber sido separada por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o
servicios públicos.
2.5 No poseer plaza en propiedad en la categoría/especialidad en la que participe,
como personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa, conforme a
lo establecido en el Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el
catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal
estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización.
2.6 De conformidad con el artículo 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996, de 15
de enero de Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de
la Ley de Enjuiciamiento Civil, es requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones,
oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido
condenada por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual,
que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación
sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de
seres humanos.
2.7 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de
Diplomado Universitario o Grado en Enfermería o equivalente, para la categoría de
Enfermero/a, expedido por el órgano competente, habiendo finalizado la formación
exigida para su obtención, al terminar el plazo de presentación de solicitudes. Las
personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las
aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el
ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho
Comunitario.
2.8 Tasas: Haber abonado las tasas de la presente convocatoria, salvo aquellas
personas aspirantes que estén exentas legal o reglamentariamente, según se establece
en la base 3.6 de esta convocatoria.
3.

Solicitudes

3.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo
oficial 790, al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso
General (https:// administracion.gob.es/PAG/ips).
Las solicitudes se presentarán por vía electrónica, tal y como se contempla en el
Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, sin perjuicio de lo
dispuesto en el artículo 16.4.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se
cursen desde el extranjero.
3.2 La presentación de la solicitud vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General
(https:// administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se indiquen,

cve: BOE-A-2022-22146
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 308