II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-22179)
Resolución de 22 de noviembre de 2022, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de Gestor PB.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 181678

Tema 87. Presupuestos Universidad Pública de Navarra y bases de ejecución.
Tema 88. La ANECA. La evaluación de los títulos. La evaluación institucional.
Verificación y acreditación de los títulos universitarios oficiales. Programas MONITOR y
ACREDITA.
Tema 89. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos
Laborales. Capítulo III: Derechos y Obligaciones. Capítulos IV y V: Servicios de
Prevención. Consulta y participación de los trabajadores.
Tema 90. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales. La Protección de Datos en la
Universidad Pública Navarra.
Tema 91. La Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de igualdad entre Mujeres y
Hombres.
ANEXO II
Baremo de méritos
a)

Méritos profesionales:

Se valorarán los servicios prestados a las Administraciones Públicas hasta la fecha
de publicación de la respectiva convocatoria, hasta un máximo de 30 puntos, de acuerdo
con la siguiente puntuación:
1. Servicios prestados en el mismo puesto de trabajo objeto de la convocatoria, en
la Universidad Pública de Navarra: 1,5 puntos por año completo de servicios.
2. Servicios prestados en otros puestos de trabajo en la Universidad Pública de
Navarra: 1 punto por año completo de servicios.
3. Servicios prestados en el mismo puesto de trabajo objeto de la convocatoria en
otras administraciones públicas: 0,6 puntos por año completo de servicios.
4. Servicios prestados en otros puestos, en otras Administraciones Públicas: 0,3
puntos por año completo de servicios.

– Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que
proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.
– La puntuación máxima de este apartado a) no podrá ser superior a 30 puntos.
– Se valorarán los servicios prestados desde la fecha de inicio de cada relación
temporal hasta su finalización, con independencia del porcentaje de jornada realizado.
– No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación
de la convocatoria.
– Los periodos en los que la persona aspirante haya estado en situación de servicios
especiales para la formación o situación especial en activo se computarán como
servicios prestados en el puesto de trabajo efectivamente desempeñado.
Los periodos en que la persona aspirante haya estado en situación de servicios
especiales por otros motivos, excedencia especial o desempeñando una jefatura o
dirección de unidad orgánica, se computarán como servicios prestados en el puesto de
trabajo que tuviera en el momento de acceso a dichas situaciones.
– Serán incompatibles las puntuaciones otorgadas por los anteriores subapartados
cuando se refieran al mismo periodo, otorgándose en cada caso la superior de ellas.
b) Otros méritos, hasta un máximo de 10 puntos:
1. Haber aprobado sin plaza un proceso de ingreso en el mismo puesto de trabajo
objeto de la convocatoria, en la Universidad Pública de Navarra, 7 puntos.

cve: BOE-A-2022-22179
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Notas: