III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-22221)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y el Instituto Cervantes, para la organización de la actividad "Internacionalización de la música y artes escénicas españolas, 2023", en diversas sedes y centros del Instituto Cervantes en el exterior, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 182117

El importe, que se corresponderá con la cantidad acreditada en la comisión de
seguimiento, se transferirá al IC.
– Asumir los gastos de aduana de entrada y salida, transporte interno de carga,
personal de carga y descarga, por un importe máximo de 11.500 euros (once mil
quinientos euros) impuestos y retenciones incluidos, con cargo a la aplicación
presupuestaria 24.107.14XA.290.23.00. El importe, que se corresponderá con la
cantidad acreditada en la comisión de seguimiento, se transferirá al IC.
La estimación económica de la participación del INAEM se cuantifica en un máximo
de 559.500 euros (quinientos cincuenta y nueve mil quinientos euros), impuestos y
retenciones incluidos, correspondiente al ejercicio 2023, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Todos los importes para satisfacer estos gastos serán transferidos por el INAEM a IC,
el cual será responsable de la producción ejecutiva de la actividad, tras las reuniones
trimestrales de certificación de las actividades realizadas que mantenga la Comisión de
Seguimiento. En la Comisión de Seguimiento a la que se refiere la cláusula séptima se
acreditarán los gastos efectivamente realizados mediante la presentación de los
certificados de actividad y las correspondientes facturas o documentos acreditativos de
análoga naturaleza.
Las cantidades que el INAEM transfiera al IC se corresponderán con los gastos que se
hayan acreditado en la Comisión de Seguimiento, para la realización de la actividad
correspondiente. La justificación de las transferencias bancarias que haya de realizar el INAEM
se acreditarán mediante recibo u otro documento justificativo de dichas transferencias.
El IC, para su cumplimiento, se compromete a:
– Desempeño de las funciones de producción ejecutiva para el desarrollo de las
actividades que conformen la programación artística, suscribiendo los documentos
contractuales que sean necesarios para el desempeño de las funciones que tiene
encomendadas.
– Asumir los costes de los seguros de asistencia de viaje de las compañías y
artistas, por un máximo de 1.000 euros (mil euros).
– Suscribir los oportunos documentos contractuales con las compañías y artistas
que participen en la programación, asumiendo los siguientes compromisos de pago:
alojamientos, gastos de manutención, desplazamientos internos y costos operativos
locales, por un máximo de 152.000 euros (ciento cincuenta y dos mil euros).
– Pago de derechos de autor, publicidad y ediciones.
– Suscribir los oportunos documentos contractuales relacionados con los servicios
necesarios para la organización de los espectáculos.
– Otros gastos que puedan ser necesarios para los espectáculos, como la puesta a
disposición gratuita de los espacios y equipos en las sedes y los centros del IC y la
implantación técnica de los espectáculos, por un máximo de 112.000 euros (ciento doce
mil euros).
La estimación económica de la participación del IC se cuantifica en un máximo
de 265.000 euros (doscientos sesenta y cinco mil euros), impuestos y retenciones
incluidos, correspondiente al ejercicio 2023, con cargo al capítulo II de su presupuesto de
gastos para dicho ejercicio, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.
Las actuaciones previstas en el presente Convenio no darán lugar a contraprestación
financiera entre las Partes.

cve: BOE-A-2022-22221
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Núm. 308