III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-22225)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para la gestión de la iniciativa Desafía Londres.
9 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 182146

– Tienen la obligación de asegurar la regularidad del gasto subyacente y de la
adopción de medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la
corrupción, prevenir el conflicto de interés y la doble financiación.
– Custodiará y conservará la documentación de la actividad financiada por el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de conformidad con el artículo 132 del
Reglamento (UE, Euratom) núm. 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general
de la Unión.
– En la ejecución de las actuaciones objeto del Convenio no perjudicará
significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE)
núm. 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al
establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se
modifica el Reglamento (UE) núm. 2019/2088.
– Presentará ante la comisión de seguimiento, para su aprobación, su propuesta de
requisitos de participación y los criterios de selección de las empresas que participarán
en Desafía Londres, tanto de las que vayan a ejecutar las actuaciones, como de las
empresas españolas que participen. Será la comisión de seguimiento la que acuerde los
citados requisitos y criterios, teniendo en cuenta en todo caso los siguientes aspectos:
● La selección de empresas que vayan a ejecutar las actuaciones objeto del
presente Convenio se realizará siguiendo los principios de publicidad, transparencia,
igualdad, no discriminación y concurrencia, de acuerdo con las normas de contratación
aplicables a la Parte que vaya a ejecutar la actividad.
● La selección de las empresas españolas que participen de las actuaciones de
Desafía Londres se realizará siguiendo los principios de publicidad, transparencia,
igualdad, no discriminación y concurrencia. Las actividades podrán ser gratuitas o con
coste para las empresas participantes. Dicho posible coste abonado por las empresas
que participen en las actividades se referirá como «ingreso» en el marco del presente
Convenio.
– Elaborará, y presentará para su aprobación por la comisión de seguimiento, las
memorias justificativas anuales de los servicios prestados por el adjudicatario que haya
sido contratado con cargo a los compromisos económicos previstos en este Convenio.
– Ejecutará aquellas actividades que la comisión de seguimiento le asigne.
d)

Obligaciones de la Parte no ejecutante:

– Prestar la colaboración necesaria a la otra Parte.
– Buscar la complementariedad en sus actuaciones de cara a explotar al máximo las
sinergias existentes.
– Apoyar la captación de empresas objetivo.
Comisión de seguimiento.

Para velar por la adecuada realización del objeto del presente Convenio se
constituye una comisión de seguimiento, que estará compuesta por cuatro (4) miembros,
dos (2) en representación de ICEX y dos (2) en representación de Red.es, que serán
designados por estas instituciones.
Por parte de Red.es, formarán parte de la comisión de seguimiento:
– La persona titular de la Dirección de Economía Digital; y
– La persona titular de la Subdirección de Administración y Finanzas.
Por parte de ICEX, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– La persona titular de la dirección de Infraestructuras, Sanidad y TIC; y
– La persona titular del Departamento de Transporte y Ciudades.

cve: BOE-A-2022-22225
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.