III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2022-22214)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Sábado 24 de diciembre de 2022

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los anexos I y II, cuantificándose por cada Mutualidad en función del respectivo colectivo a 1
de mayo de 2022, procediéndose de forma análoga para los años siguientes.
Cuarto.
Por su parte, la cláusula décima permite la modificación del contenido del Convenio
por mutuo acuerdo de las partes.
Por lo expuesto anteriormente, las partes suscriben la presente adenda de
modificación, con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Se modifican para 2023 los anexos I, III y IV del Convenio entre la Mutualidad
General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas,
la Mutualidad General Judicial y la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León para la
prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y
demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada
con dichas mutualidades. El resto del Convenio permanecerá con el mismo contenido.
Segunda.
Los anexos I, II, III y IV para 2023 son los que, sellados por todas las partes, figuran
unidos a este documento.
En el anexo I se excluyen para 2023 las siguientes localidades pertenecientes a
la provincia de Segovia que dejan de formar parte de este convenio: Abades, Adrada
de Pirón, Anaya, Añe, Armuña, Basardilla, Bercial, Bernuy de Porreros, Brieva,
Cabañas de Polendos, Encinillas, Espirdo, Garcillán, Hontanares de Eresma, Los
Huertos, Juarros de Riomoros, Lastras del Pozo, La Lastrilla, La Losa, Marazoleja,
Marazuela, Martín Miguel, Marugán, Muñopedro, Navas de Riofrío, Ortigosa del
Monte, Otero de Herreros, Palazuelos de Eresma, Roda de Eresma, San Cristóbal
de Segovia, Sangarcia, Santo Domingo de Pirón, Torrecaballeros, Torreiglesias,
Trescasas, Valseca, Valverde del Majano.
Aunque el anexo II no ha sufrido ninguna modificación, se incluye en esta Adenda en
aras de facilitar la difusión del contenido del mismo para facilitar su aplicación.
Los anexos III y IV contienen el coste mensual para el año 2023, calculado en base
el número de mutualistas y beneficiarios de cada grupo residentes en cada tipo de
municipio a fecha 1 de mayo de 2022.

La presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes, y adquirirá eficacia una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal de conformidad
con lo establecido en el artículo 48.8 y en la disposición adicional séptima de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Estatal,
debiendo ser publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el
«Boletín Oficial del Estado» (BOE).

cve: BOE-A-2022-22214
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.