III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-22215)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., y la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, para regular las condiciones de la colaboración de ambas entidades en el Programa Kit Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 182084

Los citados importes se librarán directamente a la Cámara de España, que los
destinará a la financiación de los gastos para la realización de las funciones que le
corresponden como Entidad Colaboradora.
La posible modificación del alcance de las actuaciones a realizar por las partes
podrá conllevar una modificación en el importe y las condiciones de la
compensación económica que Red.es realizará a la Cámara de España.
El pago de la compensación económica se realizará mediante transferencia
bancaria a la cuenta que indique la Cámara de España, estableciéndose el
siguiente calendario de libramientos:
− Se librará el 50 % del coste anualizado arriba detallado dentro de los
primeros quince días posteriores a la publicación de la primera convocatoria de
cada anualidad.
− La cuantía restante hasta completar el 100% por anualidad se realizará
trimestralmente conforme el siguiente detalle:
• Con relación a la ejecución directa de actuaciones: mediante la presentación
de un informe extraído de la plataforma en el que se detalle el número de
actuaciones conforme se definen en el cuadro de la página anterior, esto es:
○ Número validación manual de acuerdos.
○ Número de validaciones de acuerdos justificados.
○ Número de acuerdos que conlleven pérdidas de derecho de cobro y
reintegros.
○ Número de acuerdos que conlleven renuncias y desistimientos.
○ Número de visitas in situ realizadas.
El coste a liquidar será el resultado de multiplicar el número de actuaciones
anteriores por el precio unitario conforme a la anualidad con la que se
corresponda.
Procediéndose a realizar las compensaciones oportunas del anticipo previo
realizado.
• Con relación al resto de las actuaciones: anualmente, previa la presentación
de una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas,
con aportación de las facturas abonadas, o documentos probatorios del gasto
realizado.
La Cámara presentará anualmente, en el seno de la Comisión de Seguimiento,
una certificación con la justificación de gastos derivados de la ejecución del
proyecto total en cada ejercicio económico. Esta certificación se realizará sobre la
base de las facturas abonadas, notas de cargo y demás documentos probatorios
que constituyen el soporte documental de los gastos incurridos. Todo el soporte
documental de los gastos incurridos, así como el desglose de estos se
acompañará a la certificación para su valoración y aprobación por la Comisión de
Seguimiento. En el caso de que el resultado de la liquidación salga un saldo a
favor de Red.es, la Cámara reintegrará el importe correspondiente, dentro de
los quince días posteriores a la aprobación de la última cuenta justificativa del
ejercicio.
La financiación de esta compensación se realizará con cargo íntegramente a
las cantidades recibidas por Red.es de los créditos del servicio 50 “Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia”, en la aplicación presupuestaria 27.50.460C.74011 o
su equivalente en los presupuestos generales de cada ejercicio.»

cve: BOE-A-2022-22215
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 308