III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-22215)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., y la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, para regular las condiciones de la colaboración de ambas entidades en el Programa Kit Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 182081

Tal y como recoge la citada cláusula séptima, el pago de la compensación económica
se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que indique la Cámara de
España, estableciéndose el siguiente calendario de libramientos:
«[…]
– Se librará el 50 % del coste anualizado arriba detallado dentro de los quince días
posteriores a la publicación de la primera convocatoria de cada anualidad.
– La cuantía restante hasta completar el 100 % por anualidad se realizará
trimestralmente conforme el siguiente detalle:
• Con relación a la ejecución directa de actuaciones: mediante la presentación de un
informe extraído de la plataforma en el que se detalle el número de actuaciones
conforme se definen en el cuadro de la página anterior, esto es:






Número validación manual de acuerdos.
Número de validaciones de acuerdos justificados.
Número de acuerdos que conlleven pérdidas de derecho de cobro y reintegros.
Número de acuerdos que conlleven renuncias y desistimientos.
Número de visitas in situ realizadas.

El coste a liquidar será el resultado de multiplicar el número de actuaciones
anteriores por el precio unitario conforme a la anualidad con la que se corresponda.
Procediéndose a realizar las compensaciones oportunas del anticipo previo
realizado.
• Con relación al resto de las actuaciones: anualmente, previa la presentación de
una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, con
aportación de las facturas abonadas, o documentos probatorios del gasto realizado.»
IV

cve: BOE-A-2022-22215
Verificable en https://www.boe.es

Que en la reunión de la Comisión de Seguimiento de 29 de marzo de 2022 y como
cuestión previa a la aprobación de las acciones de difusión y comunicación del Programa
Kit Digital para el año 2022, se constató la necesidad de intensificar las actuaciones
durante la anualidad 2022, dado que es el año de arranque del programa de ayudas y se
van a publicar tres convocatorias. En consecuencia, el reparto presupuestario entre
anualidades resulta insuficiente en la anualidad 2022, por lo que se requiere
redimensionar las cantidades destinadas a las acciones de Comunicación y Difusión
para incrementar la partida de 2022 en 600.000 euros y disminuir la de 2024 en el mismo
importe.
Por esta razón, se propone a las partes la firma de una adenda al convenio que
dimensione adecuadamente, durante la vigencia del convenio, las partidas
presupuestarias destinadas a Comunicación y Difusión detalladas en la cláusula séptima.