I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Trasvase Tajo-Segura. (BOE-A-2022-22132)
Orden TED/1280/2022, de 20 de diciembre, por la que se autoriza un trasvase desde los embalses de Entrepeñas-Buendía, a través del acueducto Tajo-Segura, de 15 hm³ para el mes de diciembre de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de diciembre de 2022

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existencias efectivas en el conjunto de embalses de Entrepeñas-Buendía el día 1 de
diciembre de 2022 ascienden a 466 hm3, siendo este valor inferior al de referencia
de 605 hm3 de paso entre los niveles 2 y 3 fijado en el Real Decreto 773/2014 para el
mes de diciembre y superior al umbral de 400 hm3 de reservas no trasvasables, por lo
que se constata la situación hidrológica excepcional, nivel 3.
De acuerdo con el método previsto para situaciones hidrológicas excepcionales, el
trasvase resultante para el mes de diciembre podría llegar a un máximo de 20 hm3.
Asimismo, y partiendo de la situación registrada a comienzos de diciembre, la aplicación
trimestral de la regla de explotación realizada en el informe del CEDEX indica que el
sistema se encontraría en situación hidrológica excepcional (nivel 3) durante todo el
trimestre. Adicionalmente, en dicho informe se ha procedido a aplicar la regla
semestralmente con el único propósito de disponer de una ventana de pronóstico algo
mayor que permita anticipar la posible tendencia en su evolución y tener algo más de
perspectiva, concluyendo que, si se confirmaran las aportaciones de cálculo supuestas,
correspondientes al percentil del 20%, el sistema se mantendría en nivel 3 el resto del
semestre.
El citado informe recoge también la información enviada por la Confederación
Hidrográfica del Segura sobre los volúmenes de agua trasvasada disponibles a 1 de
diciembre, para abastecimiento y regadíos en la cuenca, que son de 21,87 hm3 y 3,69
hm3, respectivamente, lo que supone un volumen total de 25,56 hm3. A este volumen hay
que añadir el volumen autorizado no trasvasado para abastecimiento de 15 hm3. Estos
volúmenes de agua constituyen una reserva de agua ya trasvasada o autorizada cuyo
objetivo es atender las necesidades de suministro que surjan en el futuro de forma
simultánea con los trasvases posteriores.
La Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura, en su reunión de 19
de diciembre del 2022 y a la vista del informe del CEDEX, decide informar, conforme a lo
previsto legalmente para este caso, que se podría autorizar un volumen máximo de 20,0
hm3. para el mes de diciembre de 2022.
Dada la situación hidrológica excepcional existente en los embalses de cabecera, es
razonable tomar en consideración las reservas existentes procedentes del trasvase en la
cuenca receptora y los volúmenes autorizados pendientes de trasvasar. El volumen
actual de reservas en la cuenca del Segura procedente del trasvase y los volúmenes
autorizados pendientes de trasvasar suponen 40,56 hm3. Dado que la previsión recogida
en el informe del CEDEX es que el sistema se encuentre en nivel 3 correspondiente a
situación hidrológica excepcional durante los próximos 3 meses y teniendo en cuenta los
consumos de abastecimiento y regadío estimados para los próximos meses, las reservas
de abastecimiento se agotarían en menos de 3 meses y las reservas para regadío en las
próximas semanas.
Considerando todo lo expuesto anteriormente:
1) Se constata que a fecha 1 de diciembre de 2022 la situación del sistema es la
correspondiente al Nivel 3, referida a situaciones hidrológicas excepcionales.
2) Se toma nota de la previsión para el trimestre, que indica que el sistema se
mantendrá en situación hidrológica excepcional.
3) Se toma nota de que, a fecha de 1 de diciembre de 2022 existe un volumen de
agua trasvasada disponible en la cuenca del Segura de 21,87 hm3 para abastecimientos
y de 3,69 hm3 para regadíos y un volumen autorizado pendiente de trasvasar para
abastecimiento de 15 hm3.
4) Se toma nota de la propuesta de la Comisión Central de Explotación del
Acueducto Tajo-Segura celebrada el 19 de diciembre del 2022 que, a la vista del informe
del CEDEX, concluye que se podría autorizar hasta un volumen máximo de 20,0 hm3
para el mes de diciembre de 2022.
5) Se toma en consideración que de acuerdo con la disposición adicional quinta de
la Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de
noviembre, de Montes, los volúmenes cuyo trasvase haya sido autorizado se distribuirán

cve: BOE-A-2022-22132
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Núm. 308