I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Presupuestos. (BOE-A-2022-22128)
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
864 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 180609

Cuatro. En el año 2023 las retribuciones básicas y complementarias correspondientes
a los funcionarios a que se refiere el artículo 624 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, se incrementarán en el porcentaje previsto en el artículo 19.dos,
respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de lo previsto en el
artículo 19.siete de esta ley.
Cinco. En el año 2023 las retribuciones de los miembros del Poder Judicial y del
Ministerio Fiscal serán las siguientes:
1.

Vicepresidente del Tribunal Supremo:
Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades).
Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades).
Total.

34.617,80
100.664,52
135.282,32

Presidentes de Sala del Tribunal Supremo y Presidente de la Audiencia Nacional
(Magistrados del Tribunal Supremo):
Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades).

31.965,78

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades).

95.555,40

Total.

127.521,18

Magistrados del Tribunal Supremo y Presidentes de Sala de la Audiencia Nacional
(Magistrados del Tribunal Supremo):
Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades).

30.283,40

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades).

93.919,32

Total.

124.202,72

2. Fiscal General del Estado: 132.235,68 euros a percibir en doce mensualidades,
sin derecho a pagas extraordinarias.
Teniente Fiscal del Tribunal Supremo:

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades).

31.965,78

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades).

95.555,40

Total.

127.521,18

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