I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Presupuestos. (BOE-A-2022-22128)
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 180609

Cuatro. En el año 2023 las retribuciones básicas y complementarias correspondientes
a los funcionarios a que se refiere el artículo 624 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, se incrementarán en el porcentaje previsto en el artículo 19.dos,
respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de lo previsto en el
artículo 19.siete de esta ley.
Cinco. En el año 2023 las retribuciones de los miembros del Poder Judicial y del
Ministerio Fiscal serán las siguientes:
1.

Vicepresidente del Tribunal Supremo:
Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades).
Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades).
Total.

34.617,80
100.664,52
135.282,32

Presidentes de Sala del Tribunal Supremo y Presidente de la Audiencia Nacional
(Magistrados del Tribunal Supremo):
Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades).

31.965,78

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades).

95.555,40

Total.

127.521,18

Magistrados del Tribunal Supremo y Presidentes de Sala de la Audiencia Nacional
(Magistrados del Tribunal Supremo):
Euros

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades).

30.283,40

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades).

93.919,32

Total.

124.202,72

2. Fiscal General del Estado: 132.235,68 euros a percibir en doce mensualidades,
sin derecho a pagas extraordinarias.
Teniente Fiscal del Tribunal Supremo:

Sueldo (a percibir en 14 mensualidades).

31.965,78

Otras remuneraciones (a percibir en 12 mensualidades).

95.555,40

Total.

127.521,18

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