III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22102)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas fotovoltaicas Masia I y Masia II, y su línea eléctrica de evacuación de 30 KV en Puertomingalvo y Mosqueruela (Teruel)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 307

Viernes 23 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 180288

Por último, el 21 de octubre de 2022 tuvo entrada un escrito del promotor en el que,
como complemento a la valoración de los impactos socioeconómicos, se presentó una
relación de compromisos adquiridos con los municipios incluidos en el área de
implantación.
Los principales contenidos ambientales de las alegaciones y contestaciones a
consultas recibidas que se han considerado en esta resolución se reflejan en el apartado
siguiente, incluyendo aquellas aportadas por el INAGA tras las modificaciones del
proyecto.
4.
4.1

Análisis técnico del expediente

Análisis de alternativas.

El estudio de impacto plantea tres alternativas para los proyectos de plantas solares
fotovoltaicas Masía I y Masía II y su línea de evacuación, además de la alternativa 0. Las
tres tienen en común un mismo punto de evacuación en la denominada Subestación
Estrella II.
Para comparar alternativas, el estudio de impacto utiliza criterios de minimización de
afecciones a masa arboladas, hábitats de interés comunitario, montes de utilidad pública,
respeto a balsas ganaderas, distancias a infraestructuras y a masías y ermitas, y
concluye que la Alternativa 3 es la mejor desde el punto de vista técnico, socio-cultural y
ambiental.
La modificación del proyecto aportada por el promotor tras el proceso de consultas e
información pública mantiene la misma ubicación, pero reduce la superficie de ocupación
de las instalaciones con el objetivo de evitar parte de las afecciones derivadas de la
implantación inicial.
El INAGA indica en su segundo informe, emitido tras la modificación del proyecto,
que ha analizado en detalle las alternativas de ubicación en torno a los posibles puntos
de evacuación de energía disponibles, concluyendo que la ubicación seleccionada para
las poligonales es la que menos impactos provoca dentro de las opciones técnicamente
viables. No obstante, este Instituto puso de manifiesto que en el Estudio de impacto
ambiental no se había realizado un análisis de alternativas como tal de la línea eléctrica
de evacuación, reiterando que la alternativa soterrada debía ser estudiada y
considerada.
Frente a ello, el promotor ha realizado un estudio de las alternativas del trazado de la
línea eléctrica de evacuación, en el cual se concluye que el soterramiento de la
«LAAT 30kV CS Masia I-II – SET Estrella II» es la alternativa más favorable, mejorando
la integración ambiental del proyecto original.
El análisis que sigue se refiere a la Alternativa 3, elegida por el promotor, teniendo en
cuenta las modificaciones del proyecto presentadas en las adendas del Estudio de
impacto ambiental. En cuanto a la línea de evacuación, el análisis se realiza sobre la
alternativa de soterramiento de la misma.
Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

A la vista del Estudio de impacto ambiental, de las contestaciones a las consultas y
alegaciones recibidas y de las observaciones del promotor, se resumen a continuación
los impactos más significativos del proyecto, su tratamiento y la consideración de este
órgano ambiental.
El Estudio de impacto y sus anexos, así como las adendas al mismo, están
disponibles en el mismo enlace web indicado en el apartado 2.
El estudio contempla los impactos asociados a las fases de construcción, explotación
y desmantelamiento.

cve: BOE-A-2022-22102
Verificable en https://www.boe.es

4.2