III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Derecho de la Unión Europea. (BOE-A-2022-22093)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de noviembre de 2022, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Cantabria el 15 de julio de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 307

Viernes 23 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 180151

Tercero.

La Comisión Europea, mediante su Decisión de Ejecución (UE) 2022/908 de la
Comisión, de 8 de junio de 2022, ha excluido de la financiación comunitaria
determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al FEAGA y al
FEADER, por no ajustarse a las normas comunitarias.
La Comisión Europea expone los motivos por los que se deben excluir de la
financiación de la UE dichos gastos y detalla el cálculo de los importes rechazados y la
razón de su no conformidad en el informe de síntesis documento Ares
agri.h.1(2022)3515833 Ad-hoc 69 MS - Summary Report Multilingual) sobre los
resultados de sus inspecciones en el ámbito del Desarrollo Rural, (RD1/2018/803/ES) y
(RD2/2020/046/ES), de las Frutas y Hortalizas (FV/2020/002/ES), del sector de la
condicionalidad (XC/2018/002) y de la Liquidación de Cuentas (CEB/2021/026,
CEB/2021/036, CEB/2021/037 y CEB/2020/040).
En referencia a la investigación (RD2/2020/046/ES) que afecta al Organismo
Pagador de Cantabria, la Comisión detectó deficiencias en el control fundamental
«aplicación de un sistema de sanciones adecuado» en la medida 13, donde el cálculo
del pago relativo a dicha medida no se efectuó sobre la base del promedio de los
importes decrecientes relacionados con las superficies respectivamente declaradas.
El Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., en adelante FEGA, conforme al Real
Decreto 92/2018, de 2 de marzo, por el que se establece el régimen de los organismos
pagadores y de coordinación de los fondos europeos agrícolas, es el organismo
competente de la Administración General del Estado para iniciar de oficio el
procedimiento de determinación de responsabilidades como Organismo de coordinación
de todos los pagos procedentes del FEAGA y FEADER. Además, se establece que son
los organismos pagadores de las comunidades autónomas los que tienen competencia
en la gestión, control, resolución y pago de los fondos agrícolas y, por tanto, en
consonancia con la disposición adicional quinta del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio,
deben asumir el pago de las correcciones financieras derivadas de las ayudas en las que
tienen competencias.
En consecuencia, en base al artículo 8.1 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio,
por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, el FEGA inició
de oficio, mediante acuerdo de 15 de julio de 2022, el procedimiento de determinación de
responsabilidades, que fue notificado el día 18 de julio de 2022 y recepcionado por el
Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma de Cantabria ese mismo día.
De este acuerdo de inicio se remitió copia a los órganos competentes en materia de
hacienda pública de la Administración responsable.
El Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma no presentó alegaciones al
acuerdo de inicio, con arreglo a lo establecido en el artículo 11 del citado Real
Decreto 515/2013, de 5 de julio.
Conforme al artículo 13 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, antes de formular la
propuesta de resolución, el 5 de octubre de 2022 se puso de manifiesto al Organismo
Pagador de la Comunidad Autónoma de Cantabria el expediente completo mediante la
apertura del trámite de audiencia, no presentando la Comunidad Autónoma alegaciones
al mismo.
Con fecha 15 de julio de 2022 para FEADER, el citado Organismo Pagador abonó la
deuda en su correspondiente cuenta del Banco de España.

cve: BOE-A-2022-22093
Verificable en https://www.boe.es

El presente acuerdo de Consejo de Ministros será publicado en el «Boletín Oficial del
Estado», dado que pone fin al procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea reconocidas por
la Comisión Europea mediante su Decisión de Ejecución (UE) 2022/908 de la Comisión,
de 8 de junio de 2022, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea los
gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a los fondos FEAGA y FEADER.
Asimismo el Acuerdo, en su parte expositiva indica: