III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-21796)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía, la Universidad de Sevilla, el Servicio Andaluz de Salud y la Fundación Pública Andaluza para la Gestión de la Investigación en Salud de Sevilla, para la actualización de su regulación y la financiación del Instituto de Biomedicina de Sevilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Jueves 22 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 179518

de investigación sanitaria de nivel internacional, vinculado al Sistema Sanitario Público
de Andalucía en la provincia de Sevilla, a la Universidad de Sevilla, y dado su carácter
de instituto mixto, a las instituciones que han contribuido a su constitución y desarrollo,
sin perjuicio de cualesquiera otras que en el futuro pudieran adherirse, a través de
futuros convenios, actualizando su regulación y estableciendo el vínculo jurídico que
determina el artículo 4 del Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de
institutos de investigación biomédica o sanitaria.
Segunda. Objetivos generales del instituto.
El IBiS se concibe como un instituto de investigación con los siguientes objetivos:
a) Desarrollar una investigación de excelencia biomédica multidisciplinar y
competitiva sobre las causas de las patologías más prevalentes en la población y
desarrollar nuevos métodos de diagnóstico y tratamiento para las mismas.
b) Transferir de forma inmediata los conocimientos a la realidad clínica, basándose
en la investigación fundamental al nivel molecular o celular. Esta investigación
traslacional sólo es posible en estructuras que combinan en un mismo lugar la medicina
molecular con la práctica clínica de calidad.
c) Potenciar la investigación de calidad clínica y epidemiológica y la innovación
tecnológica.
Tercera. Funciones.

a) Organizar y desarrollar los planes de investigación en áreas que puedan tener
repercusiones importantes en el ámbito de la salud humana conforme a lo dispuesto en
la cláusula siguiente.
b) Contribuir a la difusión nacional e internacional de los resultados de la
investigación desarrollada.
c) Establecer los mecanismos adecuados de transferencia de los resultados de la
Investigación al Sistema Sanitario Público de Andalucía y al sistema productivo, para que
consigan tener un impacto positivo en la práctica clínica y en el sector biotecnológico.
d) Promover la colaboración interinstitucional en la investigación biomédica y la
coordinación de las investigaciones.
e) Apoyar y promover la cooperación y colaboración con otros centros e
investigadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía, nacionales e internacionales,
mediante la constitución y participación en redes temáticas y otras fórmulas cooperativas
de investigación relacionadas con su campo de actuación, en particular con los otros
institutos de la misma naturaleza.
f) Promover la formación de sus investigadores, así como facilitar la movilidad de
los mismos entre las instituciones que lo constituyen, con el objetivo de facilitar el
encuentro y puesta en común de conocimientos que redunden en beneficio de la
investigación.
g) Desarrollar una estrategia activa de búsqueda de financiación para las
actividades de investigación que desarrolle, con el objetivo final de asegurar o, al menos,
contribuir a la sostenibilidad del Instituto.
h) Promover y contribuir al uso eficiente de las infraestructuras y recursos
disponibles para la investigación, tanto propios como de los recursos compartidos con
las otras instituciones.
i) Colaborar en la formación de otros investigadores y profesionales de la
biomedicina o, en general, de las ciencias de la salud, mediante la docencia de Másteres
y Programas de Doctorado en las áreas Biomédicas, siempre que no afecte de manera
esencial a la actividad investigadora que se desarrolle en el Instituto.

cve: BOE-A-2022-21796
Verificable en https://www.boe.es

Para lograr los objetivos descritos en la cláusula anterior, el Instituto desarrollará las
siguientes funciones y actividades: