II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-21779)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Universidad de A Coruña, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de diciembre de 2022

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conocimiento, designados por el Claustro de la Universidad, con amplia experiencia
docente e investigadora.
10.2 La Comisión de Reclamaciones oirá a los miembros de la Comisión contra
cuya propuesta se había presentado la reclamación, y a los/las candidatos/as que
participasen en el concurso.
10.3 Esta Comisión examinará el expediente relativo al concurso para velar por las
garantías establecidas y ratificará o no la propuesta reclamada en el plazo máximo de
tres meses, tras el que el Rector dictará la resolución de acuerdo con la propuesta de la
Comisión. El transcurso del plazo establecido sin resolver se entenderá como rechazo de
la reclamación presentada.
10.4 Las resoluciones del Rector a que se refiere el apartado anterior de este
artículo agotan la vía administrativa y serán impugnables directamente ante la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con el establecido en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
11. Protección de datos de carácter personal
11.1 De conformidad con la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección
de datos personales y garantía de los derechos digitales, los datos recogidos en este
procedimiento serán tratados por la UDC para la gestión de todos los trámites
relacionados con el procedimiento de selección de personal.
11.2 El órgano responsable de dicho tratamiento es la Secretaría General ante la
que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación de
tratamiento oposición y portabilidad, en el Rectorado de la UDC, calle Maestranza, 9,
15001 A Coruña, mail: rpd@udc.gal, teléfono 881011161; o también a través de la Sede
electrónica de la UDC. La delegada de Protección de Datos es doña Luz María Puente
Aba: dpd@udc.gal. También pueden dirigirse a la Agencia Española de Protección de
Datos para realizar la reclamación que consideren oportuna.
11.3 La base de justificación de este tratamiento es el ejercicio de poderes públicos
y la realización de funciones administrativas como consecuencia de la prestación del
servicio de educación superior (art. 6.1.e) Reglamento europeo de protección de datos;
Ley Orgánica de Universidades y Ley autonómica 6/2013, del Sistema Universitario de
Galicia).
11.4 Se podrán ceder datos a administraciones públicas con competencias en la
materia, y en los supuestos de obligaciones legales.
12.

Norma final

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»,
de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Potestativamente, se podrá interponer recurso
de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al
de dicha publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (BOE de 2 de octubre de 2015).
A Coruña, 15 de noviembre de 2022.–El Rector, Julio Ernesto Abalde Alonso.

cve: BOE-A-2022-21779
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Núm. 306