II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales. (BOE-A-2022-21773)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de diciembre de 2022

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7.5 Los miembros titulares y suplentes del Tribunal podrán actuar indistinta o
conjuntamente debido a la complejidad técnica de los ejercicios a calificar.
7.6 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias
relacionadas con el mismo se deberán dirigir al Tribunal, que tendrá su sede en el
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Plaza San Juan de la
Cruz, 10, 28071 Madrid, teléfono 915976347, dirección de correo electrónico bznitforestales@miteco.es.
8. Desarrollo del proceso selectivo
8.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primer
apellido que comience por la letra «U», según lo establecido en la Resolución de 9 de
mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE del 13).
8.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página
web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico:
www.miteco.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/oep.aspx, así como en la
página web: www.administracion.gob.es.
8.3 Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá
dirigir a la dirección de correo electrónico oposiciones@miteco.es.
9.

Embarazo de riesgo o parto

Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las
aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo,
su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las
fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se
menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada
a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la
realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes
que han superado el proceso selectivo.
10.

Destinos

La elección de destino por los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo se
realizará exclusivamente por medios electrónicos, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
El nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes que superen este
proceso selectivo tendrá lugar en puestos de trabajo adscritos a los Centro Directivos y
Organismos Autónomos de este Departamento.
11.

Relación de candidatos

Con objeto de reducir los plazos de incorporación del personal funcionario interino y
hacer efectiva la aplicación de los principios de mérito y capacidad en la selección de
este personal, el Tribunal de este proceso selectivo elaborará, a la finalización del
mismo, una relación de posibles personas candidatas para el nombramiento como
personal funcionario interino de la Escala objeto de esta convocatoria.
En dicha relación se integrarán aquellos candidatos del sistema general de acceso
libre que, habiendo participado en este proceso selectivo, y no habiéndolo superado en
su totalidad, sí hayan superado el primer ejercicio de la fase de oposición. La relación se
ordenará en función de la suma de las puntuaciones obtenidas por los candidatos en los
ejercicios de la fase de oposición que hayan superado.
Esta relación tendrá carácter provincial, por lo que el Tribunal distribuirá a los
candidatos en función de la provincia que estos indiquen en su solicitud de participación
en estas pruebas selectivas. Cuando el aspirante no cumplimente o no opte por una

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