II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado. (BOE-A-2022-21771)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 179310

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas
selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen
(modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En la plataforma de inscripción de pruebas selectivas, IPS, se deberá seleccionar la
convocatoria en la que desea participar.
En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico».
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Ingenieros de
Minas del Estado», Código 0701.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L».
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará
«Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que
haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», los aspirantes con discapacidad
podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar,
expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la
realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Para ello deberán
adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del
grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes
que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de
selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
En el recuadro 24, En caso de familia numerosa o discapacidad deberá indicar la
Comunidad Autónoma en la que se reconoce esta condición.
En el recuadro 25, En caso de familia numerosa deberá indicar el número del título.
En el recuadro 26 «Títulos académicos oficiales», se consignará «Ingeniero de
Minas» o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según
establecen las directivas comunitarias. Se ha de indicar, además, añadiendo otro título,
la titulación exacta que posee.
En el recuadro 27, «Datos A», los aspirantes de la modalidad de acceso libre
consignarán la provincia en que desean figurar en la relación de candidatos de
funcionarios interinos de la base 12.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros. El importe
reducido para familias numerosas de categoría general será de 15,55 euros.
Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del
interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la
Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a
través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un
mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención
que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se
hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición
expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de

cve: BOE-A-2022-21771
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 306