II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2022-21777)
Orden de 12 de diciembre de 2022, del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se aprueban los procesos selectivos para el acceso a la Subescala de Secretaría-Intervención dentro del marco de los procesos de estabilización del personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Jueves 22 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 179412
III.5 Proceso selectivo
III.5.1 Fase de oposición.
III.5.1.1 La oposición consistirá en la realización de los ejercicios obligatorios que
se indican a continuación y que serán eliminatorios.
Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito, durante un tiempo máximo
de 2 horas, de un tema de carácter general y sobre materias relacionadas con los
contenidos que figuran en el Temario que se relaciona en el punto III.10, elegido por la
persona aspirante de entre 2 temas propuestos por el Tribunal Calificador.
Segundo ejercicio: consistirá en la resolución por escrito de dos supuestos prácticos,
uno de carácter jurídico y otro de carácter económico, referentes a las funciones de
Secretaría-Intervención que el Tribunal Calificador determine (incluidas las de Tesorería),
durante un periodo máximo de 3 horas, y que estarán relacionados con las materias del
Temario. Podrán consultarse textos legales, así como utilizar máquinas de calcular
estándar y científicas, pero que no sean programables, ni financieras.
En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los
conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados.
El Tribunal Calificador adoptará las medidas necesarias para garantizar que los
ejercicioso sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes.
El Tribunal Calificador excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas
o signos que permitan conocer la identidad de la persona aspirante.
III.5.1.2
Calificación de los ejercicios:
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal Calificador
deberá calificar los ejercicios de las personas aspirantes de acuerdo con los baremos de
puntuación establecidos en esta convocatoria.
Los ejercicios de la fase de oposición, los cuales serán todos obligatorios y
eliminatorios, se calificarán de la forma siguiente:
Primer ejercicio: se calificará de 0 a 30 puntos, y será necesario para aprobar obtener
como mínimo 15 puntos. La calificación de este ejercicio se efectuará con tres decimales.
Segundo ejercicio: se calificará de 0 a 30 puntos y será necesario para aprobar obtener
como mínimo 15 puntos. La calificación de este ejercicio se efectuará con tres decimales.
Cada uno de los dos supuestos prácticos se calificará de 0 a 15 puntos. Para aprobar
será necesario obtener, en cada supuesto práctico, una calificación mínima de 7,5
puntos y obtener, como mínimo, una calificación total, en este ejercicio, de 15 puntos.
Una vez aprobados los dos ejercicios, la calificación final será la resultante de sumar
las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios eliminatorios
III.5.2
Fase de concurso.
a) Experiencia profesional: La puntuación máxima por este apartado será de 24
puntos.
Por experiencia se entiende los servicios prestados en el desempeño de puestos
pertenecientes a la escala de personal funcionario de Administración Local con
habilitación de carácter nacional con nombramiento de personal funcionario interino.
1. Por servicios prestados en puestos reservados a la subescala de SecretaríaIntervención: Se valorará a razón de 0,10 puntos por mes trabajado.
cve: BOE-A-2022-21777
Verificable en https://www.boe.es
III.5.2.1 La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de
los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:
Núm. 306
Jueves 22 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 179412
III.5 Proceso selectivo
III.5.1 Fase de oposición.
III.5.1.1 La oposición consistirá en la realización de los ejercicios obligatorios que
se indican a continuación y que serán eliminatorios.
Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito, durante un tiempo máximo
de 2 horas, de un tema de carácter general y sobre materias relacionadas con los
contenidos que figuran en el Temario que se relaciona en el punto III.10, elegido por la
persona aspirante de entre 2 temas propuestos por el Tribunal Calificador.
Segundo ejercicio: consistirá en la resolución por escrito de dos supuestos prácticos,
uno de carácter jurídico y otro de carácter económico, referentes a las funciones de
Secretaría-Intervención que el Tribunal Calificador determine (incluidas las de Tesorería),
durante un periodo máximo de 3 horas, y que estarán relacionados con las materias del
Temario. Podrán consultarse textos legales, así como utilizar máquinas de calcular
estándar y científicas, pero que no sean programables, ni financieras.
En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los
conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados.
El Tribunal Calificador adoptará las medidas necesarias para garantizar que los
ejercicioso sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes.
El Tribunal Calificador excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas
o signos que permitan conocer la identidad de la persona aspirante.
III.5.1.2
Calificación de los ejercicios:
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal Calificador
deberá calificar los ejercicios de las personas aspirantes de acuerdo con los baremos de
puntuación establecidos en esta convocatoria.
Los ejercicios de la fase de oposición, los cuales serán todos obligatorios y
eliminatorios, se calificarán de la forma siguiente:
Primer ejercicio: se calificará de 0 a 30 puntos, y será necesario para aprobar obtener
como mínimo 15 puntos. La calificación de este ejercicio se efectuará con tres decimales.
Segundo ejercicio: se calificará de 0 a 30 puntos y será necesario para aprobar obtener
como mínimo 15 puntos. La calificación de este ejercicio se efectuará con tres decimales.
Cada uno de los dos supuestos prácticos se calificará de 0 a 15 puntos. Para aprobar
será necesario obtener, en cada supuesto práctico, una calificación mínima de 7,5
puntos y obtener, como mínimo, una calificación total, en este ejercicio, de 15 puntos.
Una vez aprobados los dos ejercicios, la calificación final será la resultante de sumar
las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios eliminatorios
III.5.2
Fase de concurso.
a) Experiencia profesional: La puntuación máxima por este apartado será de 24
puntos.
Por experiencia se entiende los servicios prestados en el desempeño de puestos
pertenecientes a la escala de personal funcionario de Administración Local con
habilitación de carácter nacional con nombramiento de personal funcionario interino.
1. Por servicios prestados en puestos reservados a la subescala de SecretaríaIntervención: Se valorará a razón de 0,10 puntos por mes trabajado.
cve: BOE-A-2022-21777
Verificable en https://www.boe.es
III.5.2.1 La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de
los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo: