II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2022-21777)
Orden de 12 de diciembre de 2022, del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se aprueban los procesos selectivos para el acceso a la Subescala de Secretaría-Intervención dentro del marco de los procesos de estabilización del personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Jueves 22 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 179408
II.6 Curso selectivo
II.6.1 Curso de formación y periodo de prácticas.
La persona aspirante contenida en la relación al que hace referencia el punto II.3.4 y
que hubieran sido nombradas funcionarias en prácticas, serán llamadas a participar en el
curso selectivo. Dicho curso selectivo se compondrá de dos fases:
a) Curso de formación.
b) Periodo de prácticas en una administración foral o local de la Comunidad
Autónoma de Euskadi.
II.6.2
Objeto y finalidad del curso de formación.
El curso de formación tendrá por objeto profundizar en los conocimientos teóricos
precisos para el desempeño de los puestos de trabajo de la escala y, particularmente, de
la subescala de Secretaría-Intervención, así como en la aplicación práctica de estos a las
administraciones locales en que se insertan los puestos de trabajo de subescala de
Secretaría-Intervención.
El contenido, duración y programa del curso de formación se establecerá por
Resolución de la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública. Esta Resolución
se notificará a las personas aspirantes convocadas para la realización del curso y se
publicará, en las oficinas del Instituto Vasco de Administración Pública relacionadas en la
base general décima y en la dirección de Internet señalada en la base general
duodécima, de las bases generales aprobadas por Orden de 12 de diciembre de 2022,
de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno.
II.6.3
Valoración del curso de formación.
La calificación del curso de formación será de «Apto» o «No apto» y, para su
determinación, el Tribunal Calificador habrá de tener en cuenta las calificaciones
parciales de cada uno de los temas del curso que el profesorado de estos haya
otorgado, así como la ponderación que, a cada tema, corresponde en el conjunto del
programa del curso.
Las calificaciones del curso de formación se publicarán en las oficinas del Instituto
Vasco de Administración Pública relacionadas en la base general décima y en la
dirección de Internet señalada en la base general duodécima, de las bases generales
aprobadas por Orden de 12 de diciembre de 2022, de la Consejera de Gobernanza
Pública y Autogobierno.
II.6.4
Publicación de resultados y presentación de reclamaciones contra estos.
II.6.5 Periodo de prácticas.
Finalizado el curso de formación, la persona que supere el mismo deberá desarrollar
un periodo de prácticas en alguna administración foral o local de la Comunidad
Autónoma de Euskadi.
El periodo de prácticas tendrá por objeto conocer la realidad práctica del desempeño
de los puestos de la escala y, particularmente, de la subescala de SecretaríaIntervención, estudiando diversas actuaciones relativas a sus funciones, y profundizando
en la aplicación de los contenidos teóricos requeridos.
cve: BOE-A-2022-21777
Verificable en https://www.boe.es
Publicados los resultados provisionales del curso de formación se abrirá un plazo de
cinco días hábiles para la presentación de reclamaciones.
Si no se presentaran reclamaciones, los resultados provisionales quedarán elevados
automáticamente a definitivos.
Si se presentaran reclamaciones, una vez resueltas éstas, el Tribunal Calificador
hará pública, en los lugares anteriormente expresados, la relación definitiva de
resultados del curso de formación.
Núm. 306
Jueves 22 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 179408
II.6 Curso selectivo
II.6.1 Curso de formación y periodo de prácticas.
La persona aspirante contenida en la relación al que hace referencia el punto II.3.4 y
que hubieran sido nombradas funcionarias en prácticas, serán llamadas a participar en el
curso selectivo. Dicho curso selectivo se compondrá de dos fases:
a) Curso de formación.
b) Periodo de prácticas en una administración foral o local de la Comunidad
Autónoma de Euskadi.
II.6.2
Objeto y finalidad del curso de formación.
El curso de formación tendrá por objeto profundizar en los conocimientos teóricos
precisos para el desempeño de los puestos de trabajo de la escala y, particularmente, de
la subescala de Secretaría-Intervención, así como en la aplicación práctica de estos a las
administraciones locales en que se insertan los puestos de trabajo de subescala de
Secretaría-Intervención.
El contenido, duración y programa del curso de formación se establecerá por
Resolución de la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública. Esta Resolución
se notificará a las personas aspirantes convocadas para la realización del curso y se
publicará, en las oficinas del Instituto Vasco de Administración Pública relacionadas en la
base general décima y en la dirección de Internet señalada en la base general
duodécima, de las bases generales aprobadas por Orden de 12 de diciembre de 2022,
de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno.
II.6.3
Valoración del curso de formación.
La calificación del curso de formación será de «Apto» o «No apto» y, para su
determinación, el Tribunal Calificador habrá de tener en cuenta las calificaciones
parciales de cada uno de los temas del curso que el profesorado de estos haya
otorgado, así como la ponderación que, a cada tema, corresponde en el conjunto del
programa del curso.
Las calificaciones del curso de formación se publicarán en las oficinas del Instituto
Vasco de Administración Pública relacionadas en la base general décima y en la
dirección de Internet señalada en la base general duodécima, de las bases generales
aprobadas por Orden de 12 de diciembre de 2022, de la Consejera de Gobernanza
Pública y Autogobierno.
II.6.4
Publicación de resultados y presentación de reclamaciones contra estos.
II.6.5 Periodo de prácticas.
Finalizado el curso de formación, la persona que supere el mismo deberá desarrollar
un periodo de prácticas en alguna administración foral o local de la Comunidad
Autónoma de Euskadi.
El periodo de prácticas tendrá por objeto conocer la realidad práctica del desempeño
de los puestos de la escala y, particularmente, de la subescala de SecretaríaIntervención, estudiando diversas actuaciones relativas a sus funciones, y profundizando
en la aplicación de los contenidos teóricos requeridos.
cve: BOE-A-2022-21777
Verificable en https://www.boe.es
Publicados los resultados provisionales del curso de formación se abrirá un plazo de
cinco días hábiles para la presentación de reclamaciones.
Si no se presentaran reclamaciones, los resultados provisionales quedarán elevados
automáticamente a definitivos.
Si se presentaran reclamaciones, una vez resueltas éstas, el Tribunal Calificador
hará pública, en los lugares anteriormente expresados, la relación definitiva de
resultados del curso de formación.