III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-21728)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, del Instituto Social de la Marina, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 21 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 178956

2. Delegar en los directores de los centros nacionales de formación de Bamio e Isla
Cristina, el ejercicio de la competencia atribuida al titular de la Subdirección General de
Acción Social Marítima por el artículo 9. e) del Real Decreto 504/2011, para la firma de
los certificados previstos en el anexo IV de la Orden PRE/646/2004, de 5 de marzo, por
la que se establecen los contenidos mínimos de los programas de formación sanitaria
específica y las condiciones para la expedición y homologación del certificado de
formación sanitaria de los trabajadores del mar.
Noveno.
Las resoluciones administrativas que se adopten en el ejercicio de las competencias
cuya delegación se aprueba por esta resolución deberán indicar expresamente esta
circunstancia mediante referencia a la misma y a su fecha de publicación en el «Boletín
Oficial del Estado», en cumplimiento de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre y se considerarán dictadas por el órgano delegante.
Décimo.
La delegación de competencias que se aprueba en esta resolución se entiende sin
perjuicio de la facultad de avocar en cualquier momento el conocimiento y resolución de
cuantos asuntos comprendidos en ella se considere oportuno, conforme a las
previsiones del artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Undécimo.
Lo dispuesto en la presente resolución se aplicará también a aquellos expedientes de
prestaciones económicas al amparo de convenios bilaterales de Seguridad Social cuyas
solicitudes se hayan presentado con anterioridad a su entrada en vigor y que se
encuentren en dicho momento pendientes de resolución.
En tanto se creen los puestos de directores de los centros nacionales de formación
de Bamio e Isla Cristina previstos en el Resuelve Tercero. 2. de la Resolución de 5 de
noviembre de 2019, de la Dirección del Instituto Social de la Marina, por la que se
desarrolla la Orden PRE/3264/2008, por la que se regulan los centros nacionales de
formación dependientes del Instituto Social de la Marina, las competencias que se
delegan en las personas titulares de dichos puestos mediante los resuelves Quinto y
Octavo.2 de esta Resolución, se delegan transitoriamente en los directores provinciales
de Vilagarcía de Arousa y de Huelva respectivamente.
Asimismo y mientras no se disponga la apertura de las cuentas bancarias necesarias
para articular los ingresos de los respectivos centros nacionales de formación, así como
de los ingresos y pagos de los sistemas de fondo de maniobra y pagos a justificar,
recogidos en el resuelve Quinto, 2 letras i) y j), se utilizarán las cuentas bancarias de
«recursos diversos», de «fondo de maniobra» y de «pagos a justificar» ya existentes en
las Direcciones Provinciales de Huelva, para el Centro Nacional de Formación de Isla
Cristina y de la Dirección Provincial de Vilagarcía de Arousa para el Centro Nacional de
Formación de Bamio.

Quedan sin efecto cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
previsto en esta resolución y, específicamente, la Resolución de 14 de diciembre
de 2021, del Instituto Social de la Marina, sobre delegación de competencias.

cve: BOE-A-2022-21728
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Duodécimo.