II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-21624)
Resolución de 9 de diciembre de 2022, de la Universidad de León, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Martes 20 de diciembre de 2022

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mismas, o no hayan obtenido las puntuaciones mínimas establecidas para superar las
pruebas, de conformidad con el artículo 13.4 del RACDU.
9.3 El plazo máximo para la resolución de los concursos, desde la publicación de la
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», no podrá exceder de seis meses, salvo
en los supuestos de suspensión o ampliación del plazo por impugnación u otras causas
justificadas apreciadas por el Sr. Rector Magnífico.
10. Reclamación contra la propuesta de resolución
10.1 Contra las propuestas de las Comisiones de Acceso de los concursos, los
concursantes podrán presentar, en los diez días siguientes a la publicación de las
mismas, reclamación ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de León. Admitida a
trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su resolución por este.
10.2 Esta reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones de la
Universidad, prevista en el artículo 170 del Estatuto de la Universidad de León y
regulada en el artículo 10 del Real Decreto 1313/2007, recabando cuantos informes
considere necesarios, oída la Comisión de Acceso y concediendo trámite de audiencia a
los distintos candidatos que se hayan presentado a las pruebas del concurso de acceso,
y ratificará o no la propuesta reclamada en el plazo máximo de tres meses. Transcurrido
dicho plazo sin haber sido resuelta, se entenderá que la reclamación presentada ha sido
desestimada.
La Comisión de Reclamaciones valorará los aspectos puramente procedimentales y
verificará el efectivo respeto de la igualdad de condiciones de los candidatos y de los
principios de mérito y capacidad de los mismos en el procedimiento del concurso de
acceso.
El parecer de la Comisión será motivado, con voto nominal y constancia, en su caso,
de votos disidentes, y vinculante para el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de León.
Si la resolución no ratificase la propuesta, se retrotraerá el expediente al momento en
que se produjo el vicio o defecto observados, debiendo la Comisión de Acceso continuar
la tramitación desde ese momento y formular nueva propuesta.
10.3 La resolución del Sr. Rector Magnífico de la Universidad de León agota la vía
administrativa y será impugnable directamente ante la jurisdicción contenciosoadministrativa, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, de 13 de julio (BOE del 14 de julio).
Presentación de documentación y nombramiento

11.1 El nombramiento propuesto por la Comisión de Acceso será efectuado por el
Sr. Rector Magnífico de la Universidad de León, después de que el concursante
propuesto haya acreditado cumplir los requisitos a que alude el artículo 4 del Real
Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, lo que deberá hacer en los veinte días siguientes al
de concluir la actuación de la Comisión de Acceso. En caso de que el concursante
propuesto no presente oportunamente la documentación requerida, el Sr. Rector
Magnífico de la Universidad de León procederá al nombramiento del siguiente
concursante en el orden de prelación siempre que se produzca la circunstancia prevista
en el artículo 18.2.c) del RACDU.
11.2 Los documentos a presentar son los siguientes:
a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad. Para los nacionales
indicados en la base 2.1.a), la referencia a DNI/NIF debe ser entendida al documento
correspondiente.
b) Fotocopia compulsada del título académico requerido para la plaza para la que
ha sido propuesto.
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico
que imposibilite para el desempeño de las funciones del puesto.

cve: BOE-A-2022-21624
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