II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada. (BOE-A-2022-21594)
Resolución 400/38469/2022, de 12 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, al Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Martes 20 de diciembre de 2022

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Estado», sin perjuicio de que pueda acordarse su ampliación. En atención al elevado
número de plazas ofertadas y del número previsto de solicitudes de participación en los
distintos programas convocados por esta resolución, se amplía el citado plazo en cuatro
meses.
La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición del proceso selectivo
previsto en la presente resolución es de cinco meses.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá
publicar un cronograma orientativo (http://www.defensa.gob.es/portalservicios), con las
fechas de realización de las pruebas relativas a este proceso selectivo.
En todo caso, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo
del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales,
conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
No obstante, el desarrollo del proceso selectivo exige el cumplimiento de
determinados plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de
Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo. A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos
durante el mes de agosto, se declara inhábil dicho mes, a efectos del cómputo de plazos
de la presente convocatoria.
3.3 La fecha de celebración de alguno de los ejercicios de la fase de oposición
podrá coincidir con las fechas de celebración de los ejercicios de otros procesos
selectivos.
4.

Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta convocatoria.
5.

Requisitos de las personas aspirantes

5.1 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o
Técnico, o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes. Asimismo se estará a lo dispuesto en la Orden
EDU/1603/2009, de 10 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 17 de diciembre), por la
que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria y de Bachiller, regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito
no será de aplicación a quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de
Derecho Comunitario.
En el caso del personal funcionario, según lo previsto en la disposición adicional
novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se podrá poseer, en lugar de la
titulación, una antigüedad de diez años en cuerpos o escalas del subgrupo C2, o de
cinco años y haber superado el curso específico de formación.

cve: BOE-A-2022-21594
Verificable en https://www.boe.es

Además de los requisitos enumerados en la base décima de la Orden HFP/688/2017,
de 20 de julio, mencionada anteriormente, las personas aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos: