II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Escala de Científicos Superiores de la Defensa. (BOE-A-2022-21596)
Resolución 400/38468/2022, de 12 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala de Científicos Superiores de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Martes 20 de diciembre de 2022
8.10.3

Sec. II.B. Pág. 178101

Documentación adicional.

Las personas aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos deberán
presentar la documentación adicional que se indica:
a) Las personas aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones o ajustes
razonables de tiempos y medios para la realización de los ejercicios y pruebas del proceso
selectivo deberán adjuntar la documentación en la forma establecida en la base 7.
b) Aquellas personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios/funcionarias
españoles en organismos internacionales presentarán, en su caso, los certificados y
documentos previstos en la base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
8.11 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará resolución, en el
plazo máximo de un mes, por la que se declaran aprobadas las listas de admitidos y
excluidos. En esta resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los
lugares previstos en la base específica 10.3, se indicarán las relaciones de las personas
aspirantes excluidas, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas
completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, así como el lugar, fecha y hora
de comienzo de los ejercicios.
En atención al elevado número de plazas ofertadas y del número previsto de
solicitudes de participación en los distintos programas del proceso selectivo convocado
por esta resolución, y de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se amplía el
citado plazo en un mes.
Tribunal

9.1 Los tribunales calificadores de este proceso selectivo son los que figuran como
anexo III de esta convocatoria.
9.2 Los tribunales, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española,
velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre
ambos sexos.
9.3 El procedimiento de actuación de los tribunales se ajustará en todo momento a
lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás
disposiciones vigentes.
9.4 Los tribunales, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3
de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos
de trabajo de las personas con discapacidad, adoptarán las medidas oportunas que
permitan a las personas aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en su
solicitud, con los requisitos señalados en la base 7.2, poder participar en las pruebas del
proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.
9.5 Corresponderá a los tribunales la consideración, verificación y apreciación de
las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al
respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
9.6 Si en cualquier momento del procedimiento, un tribunal tuviera conocimiento de
que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos
en la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer
su exclusión al órgano convocante o, en su caso poner en su conocimiento la posible
concurrencia de esta circunstancia para que, previas las comprobaciones necesarias, se
resuelva al respecto.
9.7 Los tribunales podrán disponer la incorporación a sus trabajos de especialistas
que les asesoren, designados previamente por el Presidente de los mismos, para todas

cve: BOE-A-2022-21596
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