II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Funcionarios del Subgrupo A1. (BOE-A-2022-21597)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 20 de diciembre de 2022

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b) El personal funcionario que alegue como supuesto objeto de valoración el
cuidado de hijos e hijas deberán aportar la siguiente documentación:
– Copia del libro de familia o de la resolución administrativa o judicial de la adopción,
acogimiento permanente o preadoptivo.
– Certificado de empadronamiento familiar actualizado, acreditativo del lugar de
residencia del menor/es.
– Asimismo, se habrá de aportar certificado de escolarización del curso actual,
emitido por el centro escolar donde curse estudios el menor, cuando se encuentre dentro
del tramo de edad obligatoria de escolarización.
– Para el supuesto contemplado en el apartado 1.5.2.a).3 de la base segunda,
declaración de la persona solicitante justificando las razones que avalan que el cambio
de puesto supone una mejor atención al menor, acompañada de los documentos
acreditativos de tales razones (certificado acreditativo de la jornada laboral realizada en
su puesto de trabajo de origen, matriculación del menor en un centro educativo cercano
al puesto que se solicita, etc.).
– Documentación acreditativa de que la persona concursante que alega este
supuesto de conciliación se encuentra residiendo en el mismo municipio en el que está
ubicado su puesto de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva
aportación del certificado de empadronamiento.
– Cuando se alegue una discapacidad del hijo o de la hija menor de doce años a fin
de obtener una puntuación adicional por este supuesto, deberá aportarse copia de la
Resolución o documento acreditativo del grado de discapacidad expedido por la
Administración pública competente en la materia.
– Cuando se alegue la pertenencia a una familia numerosa o monoparental, a fin de
obtener la puntuación adicional por esta circunstancia, deberá aportarse copia libro de
familia o título de familia numerosa, así como certificado de empadronamiento de la
Unidad familiar.
c) Las personas concursantes que aleguen como mérito el cuidado de un familiar
deberán aportar la siguiente documentación:
– Copia del Libro de Familia y/o de otros documentos públicos que acrediten la
relación de consanguinidad o afinidad.
– Copia de la Resolución o documento acreditativo del grado de dependencia y/o
discapacidad, expedido por la Administración Pública competente en la materia, en el
que conste la necesidad de la asistencia de una tercera persona. En su defecto,
certificado médico oficial actualizado en el que conste expresamente que la situación de
dependencia por edad, accidente o discapacidad del familiar objeto de cuidado no le
permite valerse por sí mismo y necesita de la asistencia de una tercera persona.
– Certificado de empadronamiento actualizado del familiar dependiente.
– Certificado que acredite que el familiar objeto de cuidado no está de alta en ningún
Régimen de la Seguridad Social por la realización de un trabajo por cuenta propia o
ajena
– Declaración de la persona dependiente de que no desempeña actividad retribuida
alguna.
– Documentación acreditativa de que el funcionario o funcionaria que alega este
supuesto de conciliación se encuentra residiendo en el mismo municipio en el que está
ubicado su puesto de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva
aportación del certificado de empadronamiento.
Toda la documentación recogida en este apartado deberá ser aportada junto con la
solicitud de participación en el plazo de los 15 días hábiles establecidos al efecto. La
documentación presentada fuera de este plazo no será tenida en cuenta.

cve: BOE-A-2022-21597
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Núm. 304